Aprobada la Ley de Fomento del Ecosistema de Empresas Emergentes

Álvaro Narro
Consultor

Guillermo Arce 
Abogado – Responsable Área Legal

Iñigo Aristi
Responsable Innovación y Emprendimiento

Con la aprobación de la conocida como Ley de Startups, el Gobierno busca estimular la inversión y la atracción de talento, favorecer la colaboración entre pymes, grandes compañías y empresas emergentes, impulsar la I+D+i y fomentar la cooperación de las empresas emergentes y los emprendedores con las Universidades y centros de investigación.

La norma define la categoría de empresa startup como aquella que no supere los 5 años de antigüedad (o 7 para sectores estratégicos), que no cotice en bolsa ni distribuya dividendos, cuya sede o domicilio social se establezca permanentemente en territorio nacional con el 60% de la plantilla contratada en España y que acumule un volumen de negocio máximo de 10 millones de euros. Asimismo, debe acreditar “carácter innovador y escalable”, entendido como el desarrollo de productos o prestación de servicios nuevos o mejorados. Para ello, se han incorporado siete líneas de criterios a valorar por ENISA, entre los que se incluyen el grado innovación, el grado atractivo de mercado, la fase de vida de la empresa, el modelo de negocio-escalabilidad, la competencia o el volumen de clientes.

La Ley tiene como objetivo esencial fomentar la agilidad administrativa, para lo que prevé una ventanilla única y telemática para la certificación de empresas innovadoras y escalables como startups españolas (ONE); la no obligatoriedad de obtener el número de identificación de extranjeros (NIE) para los inversores no residentes, exigiendo únicamente tanto a ellos como a sus representantes los números de identificación fiscal (NIF); y el coste mínimo de aranceles notariales y registrales.

El texto incorpora también importantes medidas fiscales, como la reducción del tipo impositivo en el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de no residentes, del tipo general del 25% al 15% en los cuatro primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva. O la elevación del importe de la exención de tributación de las opciones sobre stock options de 12.000 a 50.000 euros anuales en el caso de entrega por parte de startups de acciones o participaciones derivadas del ejercicio de opciones de compra.

Además, amplía también la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación (de 60.000 a 100.000 euros anuales), el tipo de deducción (que pasa del 30 al 50%), así como el periodo en el que se considera de reciente creación que sube de 3 a 5 años, con carácter general, o a 7 para empresas de ciertos sectores.

Tras su aprobación definitiva en el Congreso, se prevé que la Ley de Startups entre en vigor a comienzos de 2023.

Categories: Consultoría, Legal |

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