Conozca las cuestiones más relevantes que incluye la nueva norma que regula el teletrabajo.

El 23 de septiembre se ha publicado el Real Decreto-ley 28/2020, que regula el trabajo a distancia.

Aparentemente, su aplicación no va a tener alcance amplio. No será de aplicación durante esta pandemia, y además, la norma exige la firma de un acuerdo por escrito entre empresa y trabajador para la prestación del trabajo a distancia.

¿Cuándo entra en vigor?

El 13 de octubre de 2020.

MUY IMPORTANTE: No es aplicable al trabajo a distancia implantado excepcionalmente como consecuencia de las medidas sanitarias derivadas de la COVID 19, que seguirán regulándose por la normativa laboral ordinaria. Sin embargo, se establece la obligación para las empresas de la dotación de medios, equipos, herramientas y consumibles para el desarrollo del trabajo a distancia, así como para su mantenimiento.

Las cuestiones más destacadas de esta nueva regulación las resumimos en la siguiente circular:

Categories: Laboral, Legal |

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