PYMEs y grandes empresas del sector industrial.

 

OBJETO

Actuaciones de mejora de la eficiencia energética dirigidas a la reducción de las emisiones de dióxido de carbono y de la energía final.

BENEFICIARIOS

Las empresas que tengan la consideración de PYME o de Gran Empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre entre los siguientes: del 07 al 39, exceptuando el 12 y el 34.

Las empresas de servicios energéticos.

En ambos casos deberán tener residencia fiscal en España y la actuación objeto de ayuda deberá estar ubicada en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

CONCEPTO SUBVENCIONABLE

Actuación 1: mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
Inversiones en sustitución de equipos e instalaciones, así como sistemas auxiliares consumidores de energía, por otros que utilicen tecnologías de alta eficiencia energética o la mejor tecnología disponible con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2 de las instalaciones industriales.

Actuación 2: implantación de sistemas certificados de gestión energética en empresas que no sean grandes consumidores de energía.
La mejora de la eficiencia energética, por la implantación de un sistema de gestión energética, debe comprender las actuaciones necesarias, tanto a nivel de medición de las variables de consumo de energía, como para la instalación de los elementos de regulación y control de los parámetros de proceso e implementación de los sistemas informáticos para el análisis, regulación y control, así como para el funcionamiento óptimo de la instalación, reducción de los consumos de energía final y de costes, disminución de emisiones y para proporcionar la información de forma rápida y precisa, necesaria para la gestión energética de la instalación.

IMPORTE SUBVENCIÓN

La cuantía máxima podrá ser de un 30-50% de la inversión elegible en función del tamaño de la empresa y el límite máximo será de 1.000.000 € para actuaciones del tipo 1 y de 30.000 € para las actuaciones del tipo 2.

PLAZOS PROGRAMA

Plazo presentación solicitud: desde el 30 de septiembre de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020 o hasta el agotamiento de los fondos disponibles.

Categories: Ayudas y Subvenciones |

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