FISCAL
Información de interés para empresas del sector alimentario
Bajada del IVA de los alimentos: ¿a qué productos se aplica y hasta cuándo?
A través del Real Decreto-ley 4/2024 recién aprobado el pasado 26 de junio 2024 se incluye una nueva prórroga temporal hasta el 31 de diciembre de 2024 de la aplicación de tipos impositivos reducidos de IVA a determinadas entregas de alimentos. De este modo se prorroga la aplicación temporal de tipos impositivos reducidos a determinadas entregas de alimentos, aunque con previsión de su eliminación paulatina.

Gemma Ruiz de Arcaute
Asesora Fiscal
La rebaja del IVA temporal en los artículos fundamentales de la cesta de la compra ha sido una medida para reducir las tensiones inflacionistas causadas por la invasión de Rusia en Ucrania y, posteriormente, el conflicto en Oriente Próximo.
Sin embargo, destacamos como novedad que “por fin” el aceite de oliva pase a formar parte del grupo de alimentos básicos, de forma que a partir del 1 de enero de 2025 este producto tributará también de forma permanente en el tipo superreducido del 4%.

¿A qué alimentos se aplica la rebaja del IVA del 4% al 0%?
- El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
- Las harinas panificables.
- Las leches producidas por cualquier especie animal: natural, certificada, pasteurizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
- Los quesos.
- Los huevos.
- Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.
- Los aceites de oliva: el 1 de enero de 2023 el IVA de este producto bajó del 10% al 5%, y a partir del 1 de julio será del 0%. Pero con efectos desde el 1 de enero de 2025 se consolidan los aceites de oliva como alimento de primera necesidad en el tipo súper reducido del 4%
El tipo del recargo de equivalencia aplicable será del 0%.
¿A qué alimentos se aplica la rebaja del IVA del 10% al 5%?
- Los aceites de semillas.
- Las pastas alimenticias
El tipo de recargo de equivalencia aplicable será del 0,62%
¿Hasta cuándo se mantendrá la reducción del IVA?
La recuperación de los gravámenes normales pasará por dos fases hasta su paulatina eliminación a partir del 2025:
- Desde el 1 de julio y hasta el 30 de septiembre de 2024 se mantendrán los tipos del 0% y el 5%.
- A partir del 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2024:
- el tipo del 0% de los alimentos básicos (incluido el aceite de oliva) se situará en el 2% (recargo equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0,26%)
- el tipo del 5% de los aceites de semillas y las pastas alimenticias pasará al 7,5%(recargo equivalencia aplicable a estas operaciones será del 1%).
Esta progresiva reversión a los tipos normales responde al mandato de la Comisión Europea para ir atenuando las medidas extraordinarias que los distintos países han adoptado en los años precedentes.
- Los aceites de semillas.
- Las pastas alimenticias
El tipo de recargo de equivalencia aplicable será del 0,62%
Prórroga de la reducción del IVA de los alimentos 2024
Aceite de oliva al 0% de IVA del 1 de julio al 30 de septiembre 2024
