Bizkaia: comienza la campaña de Renta y Patrimonio 2021

Este año, la campaña de Renta y Patrimonio presenta novedades importantes. Conózcalas.

Arranca la campaña de Renta y Patrimonio 2021, que se va a desarrollar entre el 4 de abril y el 30 de junio.

Nuevamente, todas las personas van a disponer de un borrador de su declaración, que podrán consultar y completar, pero este año, van a poder presentar la declaración a través de tres canales:

Canales de asistencia

Presentación de la declaración

Telefónico

 

● Cómo: a través del teléfono de Renta 94.608.30.00

● Quién puede utilizarlo: cualquier contribuyente.

● Identificación: mediante clave Bak o código de activación que figura en la carta que envía la Hacienda Foral.

● Horario: de 8:30 a 19:00 de lunes a viernes. Fuera de ese horario, se pueden realizar trámites sencillos a través de un sistema automático.

Digital ● Cómo: a través de la sede electrónica (www.bizkaia.eus/renta) y en la aplicación para dispositivos móviles (Renta Bizkaia Errenta).

● Quién puede utilizarlo: cualquier contribuyente.

● Identificación: con un sistema válido de identificación electrónico. Si no se dispone de ninguno, creando la propia clave Bak con el código de activación recibido en la carta que envía la Hacienda Foral.

Presencial (1) ● Cómo: mediante cita previa en las oficinas de la Hacienda Foral de Bizkaia y en las oficinas Gertu.

● Quién puede utilizarlo: el contribuyente que, independientemente de su importe, haya percibido exclusivamente cualquiera de los siguientes tipos de rentas:

– del trabajo.

– de productos de ahorro, salvo si los rendimientos derivan de valores extranjeros.

– de arrendamientos, con un límite de dos, y salvo rentas derivadas de arrendamientos turísticos.

– de actividades económicas agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras en la modalidad simplificada del método de estimación directa, excepto que existan ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos afectados a la actividad.

– de actividades económicas derivadas de cursos o conferencias, siempre que no se realicen imputaciones de gastos.

– derivadas de transmisiones de inmuebles, salvo los adquiridos por herencia o donación, así como disoluciones de sociedades de gananciales o ceses de proindiviso con excesos de adjudicación.

– derivadas de transmisiones de fondos de inversión.

– derivadas de transmisiones de acciones, con un límite de 5 operaciones y siempre que el importe global de ventas en el ejercicio no supere los 10.000 euros. Se excluyen las operaciones con criptomonedas, warrants, futuros y contratos por diferencias.

(1) No se va a prestar asistencia a las declaraciones con partidas pendientes de compensación de ejercicios anteriores, salvo que sean del ejercicio 2020 y consten en los datos de la Hacienda Foral de Bizkaia.

Los profesionales de Sayma le informarán en detalle de todas estas novedades y le ayudarán en la presentación de su declaración.

Fuente: Lefebvre

Categories: Fiscal |

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