BIZKAIA: El ticket transporte es renta en especie exenta

Con efectos desde 1-1-2022, ya no es renta en especie el transporte colectivo hasta el centro de trabajo pagado por la empresa. Esta nueva medida tiene ventajas tanto para el trabajador como para la empresa.

En Bizkaia se ha aprobado una nueva medida, por la que no se consideran rendimiento de trabajo en especie las cantidades satisfechas a las entidades encargadas de prestar el servicio de transporte colectivo de viajeros para favorecer el desplazamiento de los empleados entre su lugar de residencia y el centro de trabajo (incluyendo las fórmulas indirectas de pago). Eso sí, con un límite: 1.500 euros anuales para cada trabajador.

Esta medida, ya contemplada en el Estado, Araba y Navarra, va a suponer la introducción de un nuevo plan de retribución flexible por la empresa, con ventajas tanto para el trabajador (queda exento de tributar en Renta con el límite indicado), como para ella misma (al representar una mejora en la gestión de los desplazamientos).

Los profesionales de Sayma le aclararán cualquier duda que se le plantee sobre este nueva medida.

Fuente: Lefebvre

Categories: Fiscal, Lefebvre |

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