BIZKAIA: Impuesto sobre Sociedades 2020 – Programa del modelo 200 y 220, y página web de campaña

DEL 1 AL 26 DE JULIO

PLAZO Y PRESENTACIÓN TELEMÁTICA

De acuerdo con el artículo 126 de la Norma Foral 11/2013, del Impuesto sobre Sociedades, la declaración del impuesto debe presentarse en los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la finalización del periodo impositivo.

No obstante, si en el momento del inicio de dicho plazo no se hubiera determinado por parte del Diputado de Hacienda y Finanzas la forma de presentación, la declaración se presentará en los 25 días siguientes a la fecha de entrada en vigor de la disposición que determina dicha forma de presentación.

De esta forma, las entidades que hayan concluido el periodo impositivo correspondiente al ejercicio 2020 el 31 de diciembre, o en una fecha anterior, deberán presentar su autoliquidación entre el 1 y el 26 de julio de 2021.

Normativa: Artículo 126 de la Norma Foral 11/2013 (921 KB), del Impuesto sobre Sociedades.

La presentación se realizará de forma telemática, a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, de acuerdo con la Orden Foral 1140/2021, de 14 de junio, del diputado foral de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueban los modelos 200 y 220 de autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes con establecimiento permanente y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el Territorio Histórico de Bizkaia y se regula el procedimiento para su presentación telemática, para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2020.

(Sede Electrónica de la DFB)

Novedades programa de ayuda del impuesto sobre sociedades del ejercicio 2020

La mayor novedad de esta campaña es consecuencia de la creación de una Deducción extraordinaria, derivada de la especial situación económica provocada por la crisis de la COVID-19, en la campaña de 2019.

PREGUNTAS FRECUENTES

Las preguntas frecuentes contienen información práctica sobre impuestos y tramites tributarios para resolver las dudas más habituales.

Fuente: Diputación Foral de Bizkaia

Categories: Fiscal |

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