Circular Fiscal
RETO VIVIENDA Y PREVISIÓN SOCIAL
Novedades en IRPF: El Impacto de la Reforma Fiscal 2025 en Vivienda y Previsión Social
La Norma Foral 1/2025, vigente a partir de mayo de 2025, ha introducido una reforma relevante en el sistema tributario de Gipuzkoa con el objetivo de abordar grandes retos sociales. Esta revisión fiscal se centra especialmente en la Vivienda y la Previsión Social de Empleo. A continuación, detallamos los puntos más importantes que afectarán a su próxima declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Vivienda: Mayores Incentivos Fiscales (Arrendamiento y Adquisición)
La reforma busca incentivar tanto el arrendamiento de vivienda de uso permanente como la adquisición por parte de colectivos prioritarios.
- Bonificaciones para Arrendadores: La bonificación sobre los rendimientos íntegros se incrementa del 20% al 30% para viviendas de uso permanente. Este aumento alcanza el 70% si la vivienda está arrendada a través de programas como Bizigune o se sitúa en zonas tensionadas.
- Deducciones por Alquiler: Se unifica y eleva la deducción incrementada hasta el 35% (con un límite anual de 2.800 euros). Esta mejora está destinada a colectivos como familias numerosas, familias monoparentales, víctimas de violencia o, especialmente, menores de 36 años.
- Deducción por Adquisición: La deducción incrementada se fija en el 23% (con un límite de 1.955 euros) para los mismos colectivos prioritarios (incluyendo menores de 36 años). Los menores de 36 años tienen un beneficio adicional: no se les aplica el límite de 1.955 euros en el año de formalización de la adquisición.
¡Alerta de Capacidad Económica!
Para contratos de alquiler o adquisiciones formalizadas a partir del 1 de enero de 2026, se introduce un umbral de capacidad económica (base liquidable general y del ahorro) de 68.000 euros como límite para aplicar estas deducciones.
Previsión Social EPSV: Fomento y Nuevas Deducciones
La normativa impulsa la previsión social complementaria, especialmente los sistemas de EPSV preferentes y la participación de autónomos.
- Límites de Aportación: Se mantiene el límite de 5.000 euros anuales para sistemas individuales. No obstante, se permite que las aportaciones realizadas por los trabajadores a los sistemas de previsión social de empleo (acordadas en negociación colectiva o decisión del trabajador) se incluyan en el límite superior de 8.000 euros anuales (antes estaban en el límite de 5.000 euros).
- Deducción Específica: Con efectos desde el 1 de enero de 2025, se crea una nueva deducción por aportaciones a planes de previsión social preferentes integrados en EPSV que deriven de negociación colectiva, con tipos que pueden alcanzar hasta el 25% si la aportación supera el 8% del Salario Bruto Anual (SBA) o si el socio es menor de 36 años.
- Cambios en el Rescate 2026: Se modifica sustancialmente el tratamiento fiscal del rescate a partir del 1 de enero de 2026 (no afectando a los rescates de 2025). Se fomenta el rescate en forma de renta, ya que permite una exención parcial de la rentabilidad de hasta el 40%. El rescate en forma de capital (a partir de 2026) integra el 70% de las aportaciones y la rentabilidad tributa sin exención en la renta del ahorro.

