Nota informativa sobre la aprobación de la nueva normativa de IVA de comercio electrónico

RD Ley 7/2021, de 27 de abril, publicado el 28 de abril

ÍNDICE

  1. Introducción
  2. Normativa
  3. Supresión de los umbrales en las ventas a distancia
  4. Ampliación de los supuestos previstos para tributar a través de las “ventanillas únicas del IVA” y nuevos hechos imponibles
  5. Otras modificaciones en la legislación del IVA aplicable al comercio electrónico

Actualmente, a esta modalidad se la denomina “sistema de ventas a distancia” porque no hay desplazamiento del comprador (particular) a las instalaciones del vendedor, sino  que la operativa se realiza a través de internet.

Estas ventas deben ser gravadas en origen ya que el comprador, al ser consumidor final, no puede ser gravado en destino, por lo que se estableció un sistema basado en los umbrales de venta, de manera que, una vez superado el mismo, se ingresara el IVA en la Hacienda del país con el que se ha superado dicho umbral.

RECUERDA: La aprobación de la nueva legislación acerca deI IVA aplicable al comercio electrónico, que entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2021, supone importantes modificaciones a tener en cuenta.