Circular FI 11-2024

RECOMEDACIONES FISCALES FIN DE 2024.

Índice

  • Principales recomendaciones y recordatorios: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Recordatorio: Impuesto Patrimonio, Impuesto temporal de solidaridad de las Grandes Fortunas, y Sucesiones y Donaciones
  • Resumen de las principales recomendaciones y recordatorios, Renta y Patrimonio
  • Anexos

Nuestra Circular Informativa elaborada por el equipo de Sayma proporciona una serie de recomendaciones y recordatorios fiscales clave para el cierre del ejercicio 2024, con el objetivo de optimizar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto sobre el Patrimonio. El enfoque principal está en las acciones que los contribuyentes pueden tomar antes del 31 de diciembre para minimizar su carga fiscal.

El documento aborda los siguientes temas:

  • Rendimientos del trabajo: Se detallan las exenciones aplicables a dietas y desplazamientos, indemnizaciones por despido hasta 180.000€, prestaciones por desempleo, rendimientos por trabajos realizados en el extranjero hasta 60.100€ anuales, y se explica la opción por el régimen especial para trabajadores desplazados que pueden tener una exención del 30% de los rendimientos del trabajo durante los 11 primeros años, además de deducciones por gastos de viaje, mudanza, escolarización y cursos de idiomas. También se incluye la opción para socios fundadores de entidades innovadoras que pueden optar por una exención del 30% durante 10 años. Se recomienda considerar la retribución flexible, que permite sustituir rentas dinerarias por rentas en especie exentas de tributación, como vales de comida, gastos de formación, nuevas tecnologías y seguros. Se señala que en el caso del teletrabajo, las retenciones se ingresarán en el territorio donde se ubique el centro de trabajo al que esté adscrita la persona trabajadora.
  • Rendimientos del capital inmobiliario: Se explica cómo tributan los arrendamientos de viviendas, distinguiendo entre alquileres de larga duración, alquileres turísticos y cesión a empresas especializadas. Se especifica que los ingresos se declaran por las cantidades efectivamente recibidas y que, para los alquileres de larga duración, se aplica una bonificación del 20% sobre las rentas percibidas. Los gastos deducibles incluyen los intereses de préstamos, tributos y gastos de reparación.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales: Se recomienda revisar las ganancias y pérdidas patrimoniales de 2024 y compensar las pérdidas pendientes de ejercicios anteriores, recordando que en 2024 finaliza el plazo para compensar las pérdidas generadas en 2020. También, es posible que interese vender y generar ganancias en 2024 para compensar pérdidas o, en caso de no tener pérdidas, vender en 2025 para diferir la tributación. Se destaca que, para 2024, el límite de compensación de pérdidas patrimoniales en la base imponible general se eleva del 10% al 25%. Se establecen restricciones para la compensación de pérdidas en la transmisión de valores, tanto para los admitidos a negociación como para los no admitidos. Las ganancias patrimoniales obtenidas por la venta de la vivienda habitual por personas mayores de 65 años están exentas hasta 400.000 €.
  • Aportaciones y rescates de EPSV y planes de pensiones: Se recomienda realizar aportaciones en los años con mayores ingresos y efectuar rescates en los años de jubilación. El límite de aportaciones individuales es de 5.000€ y el de contribuciones empresariales es de 8.000€, con un límite conjunto de 12.000€. Se puede aportar a favor del cónyuge o de personas con discapacidad. Se indica la necesidad de planificar el rescate con antelación y se explica que en forma de capital no tributa el 40% del primer rescate por cada una de las contingencias cubiertas.
  • Planes de ahorro a largo plazo (PIAS): Se menciona que estos planes pueden ser atractivos por su remuneración y la exención de la rentabilidad al momento del rescate si se cumplen ciertos requisitos.
  • Deducciones: Se informa sobre la deducción por adquisición de vivienda habitual, que es del 18% de las cantidades invertidas, con un máximo de 1.530€ anuales, o del 23% para menores de 30 años o familias numerosas. Existe también una deducción por inversiones en energía solar del 15%, con un límite de 3.000€. Se explican las deducciones por donativos, que pueden ser del 20%, 30% o 35%, según el tipo de actividad. También, existen deducciones por inversión en empresas de nueva creación (20%) y entidades de alto potencial de crecimiento (30%), así como por participación en la financiación de obras audiovisuales y espectáculos en vivo.
  • Obligación de declarar: Se establecen los límites de ingresos para no estar obligado a declarar, que son de 14.000€ para rendimientos del trabajo de un pagador o de 20.000€ si hay más de un pagador siempre que el segundo y restantes no superen los 2.000€. Los autónomos están obligados a declarar, incluso si tienen pérdidas.
  • Impuesto sobre el Patrimonio: Se indica que los inmuebles se valoran por su valor catastral y que la vivienda habitual goza de una exención hasta 300.000€ por contribuyente. También, se comenta sobre la exención del valor de las participaciones en empresas familiares. Se advierte sobre la incidencia del escudo fiscal, que limita la cuota íntegra del IRPF más el Impuesto sobre el Patrimonio al 65% de la base imponible del IRPF.
  • Impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas: Se explica que aplica a contribuyentes con un patrimonio superior a 3.200.000€ y que de la cuota de este impuesto se resta lo pagado por el impuesto de patrimonio.
  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: Se menciona que en la donación de participaciones exentas del IP a familiares, si se cumplen ciertos requisitos, la plusvalía en IRPF queda exenta y el impuesto sobre donaciones queda bonificado en un 95%. En sucesiones entre padres e hijos existe una exención de hasta 400.000€ por heredero.

El documento también incluye un resumen por tramos de edad, con recomendaciones específicas para menores de 30 años, personas entre 30 y 65 años y mayores de 65 años.

Descárgate la Circular Completa.