Análisis de la sentencia del Tribunal Supremo
Deducción en IRPF para directivos-administradores por indemnización por despido.
El TS establece que la deducción en IRPF por rendimientos de trabajo irregulares es aplicable a la indemnización por despido de los altos directivos cuando estos son también administradores o consejeros.
El Tribunal Supremo, en su sentencia n.º 1092/2023, de 25 de julio, ECLI:ES:TS:2023:3589, ha establecido:
- Considerar procedente la aplicación de la reducción por rendimientos irregulares (en la actualidad reducción del 30%) a los rendimientos de trabajo consistentes en retribuciones de los administradores, miembros de los Consejos de Administración, de las Juntas que hagan sus veces y demás miembros de otros órganos representativos, cuando se cumplan el resto de los requisitos exigidos para la aplicación de dicha reducción.
- La denominada teoría del vínculo es indiferente en este concreto asunto. (Conforme a esta teoría, la relación laboral especial no puede coexistir con la relación mercantil siendo predominante esta última, sin embargo, según consolidada jurisprudencia del TJUE, en el ámbito comunitario europeo no se admite que prevalezca la relación mercantil, es decir, el vínculo laboral no se desvanece ni enerva por absorción del vínculo mercantil en aquello que sea favorable al trabajador).
Esta sentencia y resumen que hemos preparado habla en todo momento de la Ley del Impuesto de las Personas Físicas (LIRPF) de normativa estatal. No hemos analizado su posible transposición a la normativa de los distintos territorios forales.