Nuevo requisito para desempleados: la declaración de la renta como clave para mantener la prestación

Sandra Monsalve

Asesora Fiscal

La reciente modificación de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) establece una serie de cambios significativos en el ámbito de las prestaciones por desempleo, en particular en la obligación de presentación de la declaración de la renta para los beneficiarios de estas prestaciones que queda introducida mediante la modificación de los artículos 271 y 299 de la LGSS.  

La Nueva Obligación: Declaración de la Renta para Mantener la Prestación por Desempleo

El cambio más significativo reside en la obligatoriedad de presentar la declaración de la renta para quienes perciban prestaciones por desempleo, estableciendo que el incumplimiento de esta obligación resultará en la suspensión de dicha prestación.  

Aplicación en los Territorios Históricos y su Alcance Competencial

Dado que la legislación laboral es de competencia estatal, la obligatoriedad de cumplir con la declaración de la renta para mantener el derecho a prestación se extiende también a los territorios históricos. Estos territorios, al tener competencia normativa en materia tributaria, podrán ajustar los mecanismos de control y sanción sobre las obligaciones fiscales, pero no tienen margen en cuanto a la obligatoriedad de presentación de la declaración de renta para recibir las prestaciones de desempleo. 

Perspectiva Fiscal y Posibles Sanciones

En el ámbito fiscal, es todavía incierta la implementación de sanciones o recargos en caso de que un beneficiario no cumpla con la obligación de declarar la renta, más allá de la suspensión de la prestación. No parece que ni la normativa estatal ni las normativas forales vayan a seguir una línea sancionadora más allá de la propia suspensión de la prestación, aunque aún es pronto para afirmarlo con certeza. Por tanto, desde una perspectiva de administración fiscal, esto podría interpretarse como una medida de control más que de carácter punitivo.  

Conclusión y Próximos Pasos

La entrada en vigor de esta norma en mayo de 2024 tendrá un impacto a partir de la declaración de la renta de 2024, la cual se presentará en junio de 2025. Esto significa que la administración y los beneficiarios tendrán un año para adaptarse a los cambios normativos y operativos que esta modificación implica. 

La modificación en la LGSS plantea un modelo de prestación de desempleo que da mayor peso a la transparencia fiscal y al control de las obligaciones de los beneficiarios, lo que exigirá una coordinación efectiva entre la administración central y las haciendas forales. A medida que se aproxima la fecha de entrada en vigor, quedará por ver cómo se desarrollará su aplicación práctica y si se realizarán ajustes que permitan una transición más fluida para los beneficiarios en todo el país. 

Categories: Fiscal |

Noticias relacionadas

¿Quieres estar siempre informado?

Suscríbete a Sayma Actualidad