¿Se puede pedir una indemnización por los daños y perjuicios sufridos consecuencia del apagón del pasado 28 de abril?

Ainhoa Sagardia

Abogada Senior Área Legal

Consecuencia de la interrupción del suministro de electricidad sufrido el pasado día 28 de abril, se causaron daños y perjuicios de distinta índole que afectaron a las empresas de nuestro entorno, cuya reclamación conviene evaluar y conocer.

El pasado día 28 de abril en mayor o menor medida nos vimos afectados por la interrupción del suministro eléctrico que dependiendo de la zona geográfica en la que nos encontrásemos, tuvo una mayor incidencia temporal.

Una vez reanudado el suministro, conviene realizar un primer balance de los daños sufridos y recabar en soporte gráfico como documental la realidad de estos. Conviene igualmente revisar las distintas pólizas de seguros con los que cuente la sociedad pues, por lo general, entre los riesgos asegurados se incluyen los daños sufridos por interrupción del suministro eléctrico. Conviene igualmente tener en cuenta que el plazo para dar parte a la compañía aseguradora es de siete días desde que se haya conocido, salvo que se haya fijado en la póliza un plazo más amplio.

Desde el Área Legal de SAYMA podemos analizar la viabilidad y acompañarle en la reclamación de los daños y perjuicios sufridos, así como del lucro cesante padecido.

Categories: Legal |

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