Invalidez de una notificación electrónica
Es posible invalidar notificaciones electrónicas de la Administración, aun siendo técnicamente correctas, si se dan circunstancias especiales.
Las personas que se relacionan con la Administración telemáticamente deben acceder a sus notificaciones entrando en su área personal en la web del organismo correspondiente, que suele remitir un correo electrónico (aunque no es obligatorio) anunciando la puesta a disposición del documento.

Entre el 1 de enero y el próximo 31 de marzo debe presentarse el modelo 720 (Declaración Informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero) correspondiente al año 2019. A estos efectos, recuerde que:
- Están obligados a presentar esta declaración las personas que en 2019 tenían en el extranjero:
- Cuentas bancarias (por ejemplo, un depósito), valores (por ejemplo, acciones o fondos de inversión) o inmuebles (o derechos sobre ellos), si el valor conjunto de alguno de esos grupos de bienes supera los 50.000 euros.
- Bienes muebles (o derechos sobre ellos), si su valor individual supera los 50.000 euros.
- Si un contribuyente ya presentó el modelo 720 el año pasado o en años anteriores, sólo deberá volver a presentarlo si el valor conjunto o individual, según los casos, de los bienes citados anteriormente ha aumentado en más de 20.000 euros respecto al que informó en su última declaración, o si ha dejado de ser titular o autorizado de alguno de los bienes declarados.
Le asesoraremos sobre las consecuencias legales y fiscales derivadas de la titularidad de bienes y derechos en el extranjero.
Fuente: Lefebvre