Pueden presentarse ERTES por fuerza mayor dependiendo del caso concreto y únicamente cuando la fuerza mayor y sus efectos sean anteriores a la entrada en vigor del RD 10/2020. Sobre la tramitación de un ERTE “ordinario” (causas económicas, técnicas, organizativas o de producción), podrán eventualmente iniciarse los trámites si bien, durante el período que media entre 30 de marzo y el 9 de abril, ambos inclusive, los trabajadores disfrutarán del permiso retribuido. No obstante, al no ser unánime la interpretación de la norma en estas cuestiones, aconsejamos no iniciar estas medidas sin contar previamente con el debido asesoramiento legal.