Si tiene intención de invertir en su vivienda habitual, sepa que se han ampliado algunos plazos relacionados con su tratamiento fiscal.

  • Deducción por inversión en vivienda habitual:
    • Se amplía en 1 año el plazo para materializar las cuentas vivienda cuyo plazo finalice entre el 1-1-2021 y el 31-12-2021; por tanto, se amplía de 6 a 7 años el plazo para proceder a la inversión, contados a partir de la fecha de su apertura.
    • Se prorroga en 1 año el plazo para la construcción de vivienda cuando esta finalice entre el 1-1-2021 y el 31-12-2021; por tanto, el plazo pasa de 4  a 5 años desde el inicio de la inversión.
    • Se va a poder aplicar también en 2021 la deducción temporal por obras de renovación en viviendas con una antigüedad mínima de 10 años, prevista inicialmente para 2020.
    • Se amplía en 6 meses, el plazo de 12 meses para la ocupación efectiva y permanente de la vivienda habitual, cuando ese plazo finalice entre el 1-1-2021 y el 31-12-2021.
  • Reinversión: pasa de 2 a 3 años, el plazo para reinvertir las cantidades obtenidas en la venta de la vivienda habitual. Esta ampliación se aplica tanto en los supuestos de transmisión de la vivienda habitual entre el 1-1-2021 y el 31-12-2021, como en los de adquisición de una vivienda habitual en ese período y posterior transmisión de la anterior.

Los profesionales de Sayma analizarán su caso para ver si puede acogerse a esta ampliación.

Fuente: Lefebvre

Categories: Fiscal |

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