Igualdad retributiva entre hombres y mujeres

Con el Real Decreto 902/2020 de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre hombres y mujeres se pretende acabar con la brecha salarial en nuestro país, mediante el Registro Retributivo. Este R.T no es una novedad, pues ya en el artículo 28.2 del E. T se indica “El empresario está obligado a llevar un registro con los valores medios de los salarios los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales y puestos de trabajo iguales o de igual valor.”

A partir del próximo 14 de Abril, todas las empresas, con independencia de su tamaño, tienen que disponer de este Registro Retributivo, Registro, cuya información debe ser accesible a todos los empleados.

El principio de transparencia retributiva, busca identificar las discriminaciones entre hombres y mujeres; sobre todo cuando el desempeño del trabajo es el mismo. Para ello, se han creado varios mecanismos  que permiten de forma fácil y rápida ver cuando se da tal discriminación:

  • REGISTRO RETRIBUTIVO
  • AUDITORIA RETRIBUTIVA y SISTEMA DE VALORACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO EN LA EMPRESA Y EN EL CONVENIO COLECTIVO,

¿EN QUÉ CONSITE EL REGISTRO RETRIBUTIVO?

No es otra cosa, que un documento en el que aparecen reflejados los salarios de todos los empleados de una empresa, desglosados por sexos y basados en una media aritmética y mediana.

Esta información salarial tiene que estar desglosada en:

  • Salario base
  • Complementos Salariales
  • Percepciones extrasalariales

A ello, debemos añadir otros aspectos comparativos, por categoría profesional, grupo profesional, puesto de trabajo igual en una función de la jornada laboral o la hora trabajada. En otras palabras, el empresario deberá realizar un registro de los salarios medios así como de los complementos salariales (horas extra, guardias, etc.) y las percepciones extrasalariales (kilómetros, dietas, etc.), con los datos desagregados por sexo para cada uno de los puestos de trabajo iguales o de igual valor.

Por otro lado,  debes cumplir con otras medidas como la Auditoría Retributiva, Plan de igualdad, según el número de trabajadores :

  • Más de 150 trabajadores, disponían hasta el 7 de marzo de 2020.
  • Entre 101 y 150 trabajadores, plazo hasta el 7 de marzo de 2021
  • Entre 50 y 101 trabajadores,  plazo hasta el 7 de marzo de 2022
AMPLIAR INFORMACIÓN SOBRE AUDITORIA RETRIBUTIVA

Para ampliar información puedes contactar con nosotros, poniéndote en contacto con Virginia Bercedo a través del correo electrónico v.bercedo@sayma.es 

Categories: Laboral |

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