DIFERENTES FORMAS DE ESTABLECIMIENTO
A la hora de invertir/iniciar una actividad en País Vasco existen diferentes alternativas, de las que cabría destacar:
01. Vínculo puramente contractual
Agencia, Distribución, Concesión, Franquicia, Engineering, Licencia, etc…..
02. Apertura de Sucursal
Carece de personalidad jurídica propia independiente de su matriz, si bien se exige su inscripción en el Registro Mercantil, considerándose a efectos fiscales un establecimiento permanente.
03. Toma de participación accionarial
En una compañía o la adquisición de la misma (filialización).
04. Acuerdos de colaboración empresarial
Constitución de una Unión Temporal Empresas (UTE. -para una obra determinada carente de personalidad jurídica propia), Agrupación Interés Económico (AIE. – para una actividad auxiliar con personalidad jurídica propia); Préstamo Participativo/Cuenta en Participación (conlleva participación en beneficios a partir de una aportación capital de una sociedad mercantil).
05. Constitución de una sociedad mercantil
Las formas más comunes son la Sociedad de Responsabilidad Limitada y la Sociedad Anónima.
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Requisitos
- El número mínimo de socios es 1 y no tiene límite máximo.
- La responsabilidad de los socios se limita al capital aportado a la sociedad y no responden de las deudas de la misma con el patrimonio personal.
- El capital mínimo es de 3.000€ totalmente desembolsados y que se divide en participaciones sociales.
- Las aportaciones de los socios pueden ser monetarias (dinero) o en especie.
- Las aportaciones no dinerarias no tienen que ser valoradas por un experto independiente.
- El cargo de administrador puede tener una duración indefinida.
- No puede cotizar en el mercado de valores, así como emitir acciones u obligaciones.
Ventajas
- Los trámites para la creación y el mantenimiento de la sociedad son relativamente sencillos, así como los costes de constitución.
- La responsabilidad de los socios se limita al capital y bienes que tenga la empresa y no responden con su patrimonio particular.
- El capital social mínimo es muy bajo en comparación con el resto de sociedades mercantiles.
- El número de socios puede ser uno y tratarse de una sociedad limitada unipersonal.
Posibles inconvenientes
- Riesgo de “Infracapitalización” a la hora de pedir financiación, con posible exigencia de avales personales de socios y/u ampliaciones de capital.
SOCIEDAD ANÓNIMA
Requisitos
- El número mínimo de socios es 1.
- La responsabilidad es solidario entre los socios y se limita al capital aportado.
- El capital mínimo es de 60.000€ y debe estar desembolsado el 25%.
- Un experto independiente debe valorar las aportaciones no dinerarias, salvo excepciones de bienes concretos (valores mobiliarios sujetos a cotización o informe reciente) .
- El cargo de administración tiene una duración máxima de 6 años.
- Pueden cotizar en el mercado de valores y están supervisadas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Ventajas
- Las acciones en las que se divide la sociedad son fácilmente transmisibles.
- Se pueden incorporar tantos socios inversores como desee la sociedad.
- La responsabilidad de los socios se limita al capital y bienes que tenga la empresa y no responden con su patrimonio personal.
Posibles inconvenientes
- Los trámites para la constitución y mantenimiento de la sociedad son más complejos y costosos que los de la Sociedad Limitada.
- El capital social mínimo es más elevado que la Sociedad Límitada, pues exige 60.000€, aunque sólo 15.000€ en el momento de crear la sociedad.
06. Empresario Individual/Autónomo
O partícipe de una sociedad civil o Comunidad de bienes. No limita su responsabilidad por deudas, las afronta con todo su patrimonio personal.
Emprendedor de Responsabilidad Limitada: Nueva figura de empresario individual recogida en la ley de emprendedores que se inscribe en el registro mercantil puede limitar su responsabilidad.
07. Otro tipo de entidades
Como las de Economía social (Sociedades Cooperativas y Sociedades Laborales), o las entidades sin ánimo de lucro, como son las Asociaciones y Fundaciones.