La Venta de la Unidad Productiva como alternativa a las dificultades financieras.

Ainhoa Sagardia Peñagaricano.
Abogada – Área Legal de SAYMA.

En situaciones de dificultades financieras la experiencia de los últimos años nos ha demostrado que la venta de la Unidad Productiva es una de las soluciones más beneficiosas para las empresas con dificultades financieras pues permite la continuidad de la actividad y el mantenimiento de los puestos de trabajo.

La posibilidad de adquirir empresas en situación de dificultades puede resultar especialmente atractivo no solo para interesados con un perfil inversor, sino para aquéllos, cuyo perfil puede ser más industrial, que por su propia actividad les resulte interesante un posicionamiento en un sector o zona geográfica determinada o, incluso complementar actividades que ya se lleven a cabo.

El legislador, tanto el nacional como el Europeo, no son ajenos a ésta realidad y pretender fomentar la adquisición de Unidades Productivas mientras mantengan la actividad y antes de que su situación resulte irreversible y se vean abocadas a la liquidación.

El legislador europeo, a través de la Directiva (UE) 2019/1023 de fecha 20 de junio de 2019 sobre Marcos de Reestructuración Preventiva, Exoneración de Deudas e Inhabilitaciones y sobre Medidas para Aumentar la Eficiencia de los Procedimientos de Reestructuración, Insolvencia y Exoneración de deudas, pretende garantizar que las empresas y empresarios viables que se hallen en dificultades financieras tengan acceso a marcos nacionales efectivos de reestructuración preventiva que les permitan continuar su actividad, incluida la venta de la Unidad Productiva, de forma que el concurso quede, de forma residual, para aquéllas empresas abocadas a la liquidación.

El legislador nacional, para proceder a la transposición de la anterior Directiva prevé en el Anteproyecto de Reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal una serie de medidas cuyo objetivo es agilizar el trámite judicial que autorizará la venta de la Unidad Productiva permitiendo que se realice junto con la solicitud del concurso, venta que se beneficia de los efectos del concurso pues el adquirente adquiere la Unidad Productiva, dejando el pasivo en el concurso- a excepción del pasivo laboral-.

La norma prevé además de la posibilidad de presentar una oferta de compra de Unidad Productiva para su autorización judicial, la posibilidad de que el Juez nombre un Experto que ayude al deudor a recabar ofertas de adquisición de la Unidad Productiva en el momento inicial del procedimiento y mantenga así su valor de empresa en funcionamiento. El legislador fomenta además la venta de la Unidad Productiva, permitiendo se lleve a cabo no únicamente en la fase inicial del concurso, sino en cualquiera de sus fases.

En definitiva, y a la espera del texto definitivo de la Reforma de la Ley Concursal cuya publicación se prevé en breve, la enajenación de la Unidad Productiva se configura como una de las opciones más idóneas para empresas en situación distressed.

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