NAVARRA: ¿Cuál es mi deducción por alquiler?
Le informamos de los beneficios fiscales de los que se puede aprovechar tras la reciente mejora de las deducciones por alquiler.
Si usted vive en una casa de alquiler, puede deducirse por ella. Estas son las claves de la deducción:

¿Qué requisitos debo cumplir?
- Debo pagar el alquiler de una vivienda que sea mi domicilio habitual. Por lo tanto, no puede tratarse de una residencia transitoria ni vacacional.
- Tengo que acreditar el alquiler mediante un contrato de arrendamiento.
- No puedo tener rentas superiores a 30.000 euros (excluidas las exentas); 60.000 euros, en caso de tributación conjunta.
- Lo pagado por el alquiler debe exceder del 10% de mis rentas del período impositivo (excluidas las exentas); o de las rentas de toda la unidad familiar, en caso de tributación conjunta.
¿Cuánto puedo deducir?
- Con carácter general, el 15% de lo pagado durante el año, con el límite de 1.500 euros al año (hasta 2023, 1.200 euros).
- El 20%, con el límite de 1.600 euros al año (hasta 2023, 1.500 euros): si es menor de 30 años; o si forma parte de una unidad familiar constituida por uno de los progenitores y todos los hijos que convivan con él, salvo que el padre y la madre convivan o tengan custodia compartida sobre los hijos comunes.
Tenga en cuenta que no forman parte de la base de deducción lo pagado a la agencia inmobiliaria a través de la que se ha gestionado el alquiler, ni la fianza.
¿Qué momento se toma para determinar la edad o las condiciones familiares?
Se atiende a la situación existente a 31 de diciembre.
¿Hay alguna incompatibilidad con otras deducciones?
Sí. La deducción es incompatible con la deducción por arrendamiento para emancipación y por arrendamiento para acceso a vivienda, de las que le informaremos próximamente.
Los profesionales de Sayma le informarán sobre todos los detalles de esta deducción.
Fuente: Lefebvre