Navarra: módulos para 2022

Sepa que va a tener que aplicar lo establecido en la regulación estatal en lo que respecta al régimen simplificado del IVA, con adaptaciones.

Se ha publicado en Navarra la Orden Foral que desarrolla para 2022 el régimen especial simplificado del IVA. A estos efectos, tenga en cuenta que:

  • Con carácter general, se mantienen los módulos e instrucciones para la aplicación del régimen del año 2021. No obstante, la Orden Foral introduce algunas salvedades.
  • Si desea renunciar al régimen para 2022 o revocar una renuncia previa, puede hacerlo desde el 14-1-2022 hasta el 31-3-2022, presentando el modelo F-65.
  • No obstante, recuerde que también puede renunciar al régimen de forma tácita presentando la declaración-liquidación del IVA del primer trimestre del año en régimen general o, la primera declaración que se deba presentar después del comienzo de la actividad, en caso de inicio de ésta.
  • Para la aplicación del régimen, se prorroga para 2022 el límite de 250.000 euros (en lugar de 150.000) relativo al volumen de ingresos anuales aplicable al conjunto de actividades, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales; así como al de adquisiciones e importaciones de bienes y servicios para el conjunto de las actividades empresariales o profesionales, excluidas las relativas a elementos del inmovilizado.

Nuestros profesionales le informarán del contenido del régimen simplificado y le ayudarán a calcular el IVA correspondiente a su módulo.

Fuente: Lefebvre

Categories: Fiscal |

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