NAVARRA: ¿Tengo que presentar declaración por Sociedades?
Ahora que la campaña de Sociedades ha comenzado, le interesará conocer si tiene que presentar autoliquidación.
Los contribuyentes que tributen a la Hacienda Tributaria de Navarra están obligados a presentar una autoliquidación por Sociedades en el lugar y en la forma que se determinen.
Pues bien, deben cumplir esta obligación (hayan desarrollado o no actividades durante el período):
- Las personas jurídicas, las sociedades agrarias de transformación y las sociedades civiles con objeto mercantil.
- Los grupos fiscales que tributen en el régimen especial de consolidación fiscal.
- Y, además, determinadas entidades sin personalidad jurídica. Por ejemplo, las UTEs, los fondos de pensiones, los fondos de inversión, los fondos de capital-riesgo y otras.
No tienen esta obligación las entidades que estén exentas. Tampoco las parcialmente exentas que tributen por el régimen especial de Sociedades previsto para ellas, si cumplen los siguientes requisitos:
- Ingresos totales no superiores a 100.000 euros anuales.
- Ingresos de rentas no exentas sin retención no superiores a 25.000 euros anuales.
Fuente: Lefebvre