NAVARRA: ¿Tengo que presentar declaración por Sociedades?

Ahora que la campaña de Sociedades ha comenzado, le interesará conocer si tiene que presentar autoliquidación.

Los contribuyentes que tributen a la Hacienda Tributaria de Navarra están obligados a presentar una autoliquidación por Sociedades en el lugar y en la forma que se determinen.

Pues bien, deben cumplir esta obligación (hayan desarrollado o no actividades durante el período):

  • Las personas jurídicas, las sociedades agrarias de transformación y las sociedades civiles con objeto mercantil.
  • Los grupos fiscales que tributen en el régimen especial de consolidación fiscal.
  • Y, además, determinadas entidades sin personalidad jurídica. Por ejemplo, las UTEs, los fondos de pensiones, los fondos de inversión, los fondos de capital-riesgo y otras.

No tienen esta obligación las entidades que estén exentas. Tampoco las parcialmente exentas que tributen por el régimen especial de Sociedades previsto para ellas, si cumplen los siguientes requisitos:

  • Ingresos totales no superiores a 100.000 euros anuales.
  • Ingresos de rentas no exentas sin retención no superiores a 25.000 euros anuales.
Estamos a su disposición para cualquier aclaración relacionada con la presentación e ingreso de su autoliquidación.

Fuente: Lefebvre

Categories: Fiscal, Lefebvre |

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