Nuevas medidas tributarias relacionadas con la COVID-19

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de 24 de marzo se ha publicado el Decreto Foral-Norma 2/2021, de 23 de marzo, que aprueba las nuevas medidas tributarias relacionadas con la COVID-19 y de apoyo a la reanudación y digitalización de la actividad económica.

Artículo 1. No obligación de realizar PPFF del 1T y 2T de 2021 por los contribuyentes del IRPF con AAEE.

  • El que lo haga voluntariamente no puede aplazar, ni fraccionar ni pedir devolución por ingresos indebidos.

Artículo 2. Medidas de apoyo a arrendamiento de locales

dedicados al desarrollo de actividades económicas especialmente afectadas como consecuencia de la Covid-19, reconociéndose para 2021. un gasto deducible en la base imponible del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades (IS), equivalente a la rebaja de la renta de alquiler acordada siempre que el inquilino desarrolle actividad económica.

Teniendo en cuenta que, en IRPF, no se permite, por cada inmueble, un rendimiento negativo, se prevé una deducción adicional de la cuota íntegra del 15% de la parte de la rebaja que no ha podido ser deducida como gasto en la base imponible.

Requisitos para aplicar estos incentivos: el arrendador debe mantener la rebaja del alquiler voluntariamente acordada durante al menos tres meses a lo largo de 2021 y no deberá existir ningún tipo de compensación o recuperación del alquiler en un momento posterior.  No aplicable si existe vinculación entre las partes.

Artículo 3. Deducción del 10% para el apoyo a la reanudación de actividades económicas especialmente afectadas por la Covid 19. 

Aplicable en IRPF e IS para inversiones, en 2021, destinadas a la adecuación de las instalaciones para el control de aforos, gestión de reservas o la garantía de las medidas de prevención para evitar la transmisión de la Covid 19.

También para la renovación o actualización de las instalaciones o de los medios de prestación de los servicios, presencialmente o a distancia, para optimizar el desarrollo de la actividad.

Artículos 4 y 5.Medidas destinadas a impulsar el cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI antes del 1 de noviembre de 2021.                                    

Se incrementa el porcentaje de deducción, previsto en la disposición adicional de la Norma del IS, del 30% al 60%. También se incrementa la deducción máxima de 1.500 € a 3.000 €.  Se incrementa, en los mismos términos, la deducción para la transformación digital del  pequeño comercio prevista en el Decreto Foral Norma 5/2020 y Decreto Foral 11/2020.

Artículo 6. Exención en el AJD de la cuota gradual de las escrituras de extensión de plazos de vencimiento

de las operaciones de financiación que han recibido aval público, previstos en el artículo 7 del Real decreto 5/2021, de 12 de marzo, de medidas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19

Categories: COVID-19, Fiscal |

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