PAÍS VASCO: Conoce si tienes que Declarar en Sociedades
Ahora que se aproxima la campaña de Sociedades, le interesará conocer si tiene que presentar autoliquidación.
Los contribuyentes están obligados a presentar y suscribir una autoliquidación por Sociedades en el lugar y la forma que se determinen.
Pues bien, deben cumplir esta obligación (hayan desarrollado o no actividades durante el período):
- Las personas jurídicas, las sociedades agrarias de transformación y las sociedades civiles que no tributan en régimen de atribución de rentas.
- Los grupos fiscales que tributen en el régimen especial de consolidación fiscal.
- Determinadas entidades sin personalidad jurídica. Por ejemplo, las UTEs, los fondos de pensiones, los fondos de inversión, los fondos de capital-riesgo y otras.
No tienen esta obligación las entidades que estén exentas. Tampoco las que lo estén parcialmente, si cumplen los siguientes requisitos:
- Ingresos totales no superiores a 100.000 euros anuales.
- Ingresos de rentas no exentas sometidas a retención no superiores a 2.000 euros anuales.
- Sujeción a retención de las rentas no exentas obtenidas.
Estamos a su disposición para cualquier aclaración relacionada con la presentación e ingreso de su autoliquidación.
Fuente: Lefebvre