PAÍS VASCO: Conoce si tienes que Declarar en Sociedades

Ahora que se aproxima la campaña de Sociedades, le interesará conocer si tiene que presentar autoliquidación.

Los contribuyentes están obligados a presentar y suscribir una autoliquidación por Sociedades en el lugar y la forma que se determinen.

Pues bien, deben cumplir esta obligación (hayan desarrollado o no actividades durante el período):

  • Las personas jurídicas, las sociedades agrarias de transformación y las sociedades civiles que no tributan en régimen de atribución de rentas.
  • Los grupos fiscales que tributen en el régimen especial de consolidación fiscal.
  • Determinadas entidades sin personalidad jurídica. Por ejemplo, las UTEs, los fondos de pensiones, los fondos de inversión, los fondos de capital-riesgo y otras.
No tienen esta obligación las entidades que estén exentas. Tampoco las que lo estén parcialmente, si cumplen los siguientes requisitos:
  • Ingresos totales no superiores a 100.000 euros anuales.
  • Ingresos de rentas no exentas sometidas a retención no superiores a 2.000 euros anuales.
  • Sujeción a retención de las rentas no exentas obtenidas.

Estamos a su disposición para cualquier aclaración relacionada con la presentación e ingreso de su autoliquidación.

Fuente: Lefebvre

Categories: Fiscal |

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