País Vasco: conozca cómo nos afecta la sentencia del Constitucional sobre la plusvalía municipal

Las Diputaciones modifican con carácter urgente y provisional la plusvalía para ajustarla a las exigencias del Constitucional.

En la noticia del 2-11-2021, adelantábamos, que la sentencia del Constitucional sobre la plusvalía municipal, en principio, no iba a afectar directamente a los territorios forales. No obstante, también advertíamos de que los responsables forales iban a estudiarla para comprobar si obligaba a hacer adaptaciones en las normas forales.

Pues bien, así ha sido en el País Vasco, ya que, aunque la sentencia no versa sobre normativa foral, la inseguridad jurídica generada ha recomendado  tramitar y aprobar una modificación con carácter urgente (y provisional). Conozcamos las principales novedades de esta reforma:

Se incorpora un nuevo supuesto de no sujeción, a instancia del interesado, para los casos en que se constate que no se ha producido incremento de valor.

En relación con la determinación de la base imponible:

  • Los ayuntamientos van a poder corregir a la baja los valores catastrales del suelo en función de su grado de actualización.
  • Se establecen unos coeficientes máximos, determinados en función del número de años transcurridos desde la adquisición del terreno, que se van a  actualizar anualmente. Para ello, se va a tener en cuenta la evolución de los precios de las compraventas realizadas.
  • No obstante lo anterior, se reconoce al obligado tributario la facultad de acomodar la carga tributaria al incremento de valor efectivamente obtenido. En consecuencia, el sistema objetivo de determinación de la base imponible solo se va a aplicar cuando aquel no haga uso de esa facultad.

Como consecuencia de la introducción del nuevo supuesto de no sujeción y de la regla para evitar la tributación por una plusvalía superior a la obtenida, se reconoce a los ayuntamientos la facultad de efectuar las correspondientes comprobaciones.

Los profesionales de Sayma le informarán de todos los detalles de la reforma.

Fuente: Lefebvre

Categories: Fiscal |

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