PAÍS VASCO Y NAVARRA: Aún puede optar por el régimen de grupos

La opción debe efectuarse antes de final de año.

Mediante este régimen, las empresas de un mismo grupo tributan en Sociedades como si se tratase de una sola. De esta forma se consiguen beneficios de forma inmediata:

  • Las pérdidas de unas se compensan con los beneficios de otras en el mismo ejercicio (sin necesidad de esperar a que las sociedades que han generado pérdidas obtengan beneficios para poder compensarlas).
  • Incluso aunque no haya sociedades con pérdidas, este régimen sale a cuenta: prácticamente se elimina la obligación de documentar las operaciones vinculadas, no existe obligación de retener en las operaciones entre las empresas que forman el grupo, etc.

Para que sea de aplicación este régimen en 2025, deben acordarlo todas y cada una de las sociedades que van a formar parte del grupo antes del final del ejercicio 2024. Y la sociedad representante del grupo debe comunicar la opción a Hacienda también antes de que termine el ejercicio.

Los profesionales de Sayma analizarán si le conviene acogerse al régimen de grupos y le explicarán las ventajas que obtendrá con su aplicación.

Fuente: Lefebvre

Categories: Fiscal, Lefebvre |

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