El próximo mes de abril se iniciará el plazo para presentar la declaración de IRPF de 2019.
A estos efectos, cuando la principal fuente de ingresos de una persona son las rentas del trabajo, no existe obligación de presentar IRPF, en los siguientes supuestos:
- En País Vasco: si las rentas no superan 12.000 euros, o si están comprendidas entre 12.000 y 20.000 euros, y no se dan las siguientes circunstancias:
- Percibir rendimientos del trabajo procedentes de más de un pagador.
- Haber suscrito más de un contrato de trabajo, laboral o administrativo, en el ejercicio o prorrogar el que esté vigente.
- Percibir pensiones compensatorias recibidas del cónyuge o pareja de hecho, o anualidades por alimentos que no estén exentas.
- Estar incluidos en alguno de los supuestos establecidos reglamentariamente.
- En Navarra, si las rentas no superan 12.600 euros.
Nuestros profesionales están a su disposición para aclararle cualquier duda relativa a su declaración del IRPF.
Fuente: Lefebvre