PAÍS VASCO Y NAVARRA: Operaciones con empresas del grupo

Las operaciones intragrupo deben valorarse a precios de mercado.

Las operaciones entre empresas de un mismo grupo se consideran operaciones vinculadas. Ello implica que deben valorarse a precios de mercado mediante alguno de los métodos de valoración existentes.

¿Y si Hacienda detecta que no se han valorado a precios de mercado?

Pues que va a regularizar la situación realizando unos ajustes.

¿Qué ajustes va a realizar?

Hacienda va a efectuar dos tipos de ajustes:

  • Ajuste primario. En primer lugar, va a modificar las declaraciones de los implicados en la operación –tanto al alza como a la baja– y les va a hacer tributar como si la transacción se hubiese valorado a precios de mercado.
  • Ajuste secundario. Además, va a efectuar un segundo ajuste para que la diferencia de precios existente (respecto al valor de mercado) tribute según su naturaleza económica.

¿Cómo afectan estos ajustes a las empresas?

Los costes fiscales de las empresas pueden verse incrementados. No obstante, cumpliendo ciertos requisitos y actuando antes de que Hacienda emita la liquidación derivada del procedimiento, es posible tomar medidas para reducir esos costes.

Si su empresa realiza operaciones con otras empresas del grupo, consúltenos; le ayudaremos a valorarlas correctamente, y le asesoraremos si Hacienda comprueba alguna operación.

Fuente: Lefebvre

Categories: Fiscal, Lefebvre |

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