Plusvalía municipal. El Tribunal Constitucional declara la inconstitucionalidad el método de cálculo de la base imponible.

Ainhoa Sagardia Peñagaricano.
Abogada – Área Legal de SAYMA.

El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado, la nulidad de parte del articulado que regulaban el cálculo del gravamen.

Con fecha de 26 de octubre se ha publicado Nota de Prensa por el Tribunal Constitucional por la que se adelanta el Fallo de la Sentencia relativa a la inconstitucionalidad de los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales- Plusvalía-, relativos al modo de cálculo de la base imponible de este impuesto.

A la espera de conocer el texto íntegro de la Sentencia, cuya publicación se espera para los próximos días, de la Nota de Prensa se desprende que la Sentencia afectará principalmente a las operaciones posteriores a la fecha de la Sentencia, o a aquéllos casos que bien estén recurridos o en plazo para recurso que es de un mes desde la fecha de notificación de la Liquidación, todo ello sin perjuicio de valorar aquéllos supuestos en los que todavía no ha transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años para los supuestos en que se hubiera autoliquidado el Impuesto.

Si se encuentra en alguno de los anteriores supuestos puede contactar con el Área Legal de SAYMA, donde le atenderemos y resolveremos sus dudas.

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