¿Por qué las empresas deben asegurar la accesibilidad universal?

Raquel Mena

Consultora en Sayma

Según la Ley General 6/2022 de 31 de marzo de los derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (LGD), se establece la siguiente definición de Accesibilidad universal:

«Es la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos, instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible. Presupone la estrategia de «diseño universal o diseño para todas las personas», y se entiende sin perjuicio de los ajustes razonables que deban adoptarse».

En la definición de accesibilidad universal, aparece un concepto que también precisa ser definido, que es el de diseño universal o diseño para todas las personas:

«Es la actividad por la que se conciben o proyectan desde el origen, y siempre que sea posible, entornos, procesos, bienes, productos, servicios, objetos, instrumentos, programas, dispositivos o herramientas, de tal forma que puedan ser utilizados por todas las personas, en la mayor extensión posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado. El «diseño universal o diseño para todas las personas» no excluirá los productos de apoyo para grupos particulares de personas con discapacidad, cuando lo necesiten».

Las empresas debemos tener en cuenta que la falta de accesibilidad a nuestras instalaciones, canales de comunicación, información que elaboramos y a nuestros servicios, entre otros, puede suponer un riesgo muy importante, ya que:

  • Es un filtro que descarta automáticamente el talento y el potencial de muchas personas, a las que impedimos su pleno desarrollo profesional.
  • La empresa pierde una gran oportunidad para innovar e invertir en I+D.
  • Puede producir un grave daño reputacional y poner en jaque ciertos valores de la empresa.

No hay que olvidarse que la Accesibilidad universal permite que cualquier persona, con o sin discapacidad, potencie su autonomía personal, y la óptima utilización de cualquier recurso urbanístico, arquitectónico, de transporte, de comunicación, productos o servicios.

Para poder garantizar dicha accesibilidad universal, lo más recomendable es disponer de un Sistema de Gestión para la Accesibilidad Universal y para ello, dar cumplimiento a los requisitos que marca la norma UNE 170001:2007, donde se tienen en cuenta los requisitos legales tanto a nivel nacional como territorial y los propios de del sistema de gestión, que son los siguientes:

  • Disponer de una política de accesibilidad.
  • Definir y comunicar responsabilidades y autoridades en materia de accesibilidad.
  • Establecer objetivos de accesibilidad.
  • Revisar anualmente el sistema de gestión de accesibilidad universal.
  • Proporcionar formación en materia de accesibilidad al personal.
  • Definir un manual de accesibilidad universal.
  • Realizar un diagnóstico de accesibilidad.
  • Definir un plan de accesibilidad y asociarle planes de mejora.
  • Identificar y definir las cadenas de accesibilidad.
  • Identificar y cumplir la legislación en materia de accesibilidad.
  • Cumplir los criterios DALCO.
    • D: Deambulación
    • A: Aprehensión
    • L: Localización
    • Co: Comunicación
  • Medir la satisfacción de las personas usuarias.
  • Disponer de mecanismos de recepción y análisis de las quejas y sugerencias de las personas usuarias.
  • Realizar auditorías internas.
  • Definir y hacer seguimiento de los indicadores de accesibilidad.

Desde Sayma os animamos a que os planteéis “cómo de “accesibles” sois” y a transmitirnos todas las dudas que os surjan al respecto.

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