Puntos Clave de la Declaración de la Renta 2023 Gipuzkoa
Mikel Gonzalez
Asesor Fiscal
¿Qué persona está obligada a presentar declaración de la renta?
En general, NO tienen que presentar aquellas personas que hayan percibido en el año 2023:
- Rendimientos brutos del trabajo de 14.000 euros o menos al año.
- Rendimientos brutos del trabajo de entre 14.000,01 y 20.000 euros al año, EXCEPTO en los casos siguientes, que SÍ tienen que presentarla:
- Cuando se ha tenido más de un pagador de rendimientos del trabajo y la suma de cantidades del segundo y resto de pagadores es mayor de 2.000 euros al año.
- Cuando se ha tenido más de un contrato de trabajo en el año a declarar.
- Si ha recibido pensiones compensatorias o anualidades por alimentos.
- Si ha incumplido condiciones, plazos o circunstancias al tener derecho a algún beneficio fiscal (exención, bonificación, reducción o deducción) y debe comunicarlo a Hacienda.
- Rendimientos brutos del capital y ganancias patrimoniales (que sumen en total menos de 1.600 euros al año).
¿Cuándo puedo presentar la declaración de la Renta?
El plazo de presentación es del 11 de abril al 1 de julio.
Todas las personas que dispongan de datos económicos referentes al ejercicio 2023 recibirán durante el mes de abril la notificación en la que Hacienda les informará de si tienen obligación de presentar declaración, de cuál es su mejor opción de tributación (individual o conjunta) y del resultado provisional de su declaración.
Te contamos algunas novedades
Mutualistas
Las y los pensionistas guipuzcoanos con cotizaciones a la Seguridad Social anteriores a 1979, verán reflejada en su declaración la reducción aplicable a la pensión de jubilación o invalidez como consecuencia de esas cotizaciones. De hecho, Hacienda les confeccionará el borrador de la declaración de la Renta de 2023 en el que ya estará incorporada la reducción prevista.
Además, en el borrador de la declaración de esos contribuyentes, aparecerá un aviso para informarles de que a su pensión ya se le ha aplicado la reducción correspondiente e indicándoles que, si todavía no han solicitado la revisión de las declaraciones de los cuatro años anteriores, pueden hacerlo directamente a través de la propia declaración de la Renta de 2023, sin acudir al formulario habilitado ya previamente por la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Otras novedades.
Se actualizan al alza determinadas deducciones personales y familiares (descendientes, ascendientes, edad …)
La escala aplicable a la base liquidable general se deflacta un 2,5%.
¿Se mantiene la posibilidad de fraccionar el pago?
Se mantiene la posibilidad de fraccionar la cuota a pagar derivada de la liquidación de IRPF ingresando el 60% hasta el 2 de julio y el 40% restante el 11 de noviembre de 2024.
Puntos Clave de la Declaración de Patrimonio Gipuzkoa
¿Qué persona está obligada a presentar declaración de patrimonio?
Están obligadas a presentar autoliquidación por el Impuesto sobre el Patrimonio las personas contribuyentes cuya autoliquidación resulte a ingresar o cuando, no resultando a ingresar, el valor de sus bienes o derechos, determinado de acuerdo con las normas reguladoras del Impuesto sobre el Patrimonio, resulte superior a 3.000.000 de euros (en Bizkaia 2 millones)
¿Cuándo puedo presentar la declaración de patrimonio?
La presentación de las autoliquidaciones del Impuesto sobre Patrimonio se efectuará en el plazo comprendido entre el 11 de abril el 1 de julio de 2024.
Puntos Clave de la Declaración del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas en Gipuzkoa
¿Qué persona está obligada a presentar declaración del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas?
Tienen que presentar el Impuesto Temporal de Solidaridad de Grandes Fortunas las personas físicas cuyo patrimonio neto sea de cuantía superior a 3.000.000 de euros.
¿Cuándo puedo presentar la declaración del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas?
Desde el 11 de abril al 1 de julio también estará abierto el plazo para presentar y por primera vez este año, el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.
¿Como cumplimento este Impuesto?
Para facilitar su cumplimentación, la Hacienda Foral de Gipuzkoa pone a disposición de los y las contribuyentes el mismo programa de ayuda que se utiliza para confeccionar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, ya que ambos impuestos se declararán por medio de la presentación de una única declaración.
¿Cuándo se devenga este impuesto?
El ITSGF se devengará el 31 de diciembre de cada año.
¿Qué exenciones resultan de aplicación a este Impuesto?
Todas las exenciones previstas en la norma foral del IP resultarán de aplicación también a este nuevo ITSGF.
Esta información tiene carácter divulgativo y está adaptada a lectura fácil. Por ello es meramente informativa y carece de efectos vinculantes.