Recargos por presentación extemporánea
¿Qué pasa si no presentamos en plazo los impuestos?
En anteriores comunicaciones informábamos sobre el Calendario Fiscal de las obligaciones del segundo trimestre las cuales la mayoría han vencido el pasado 26 de julio 2023.
Desde el día 1 hasta el día 26 de julio de 2023, ha sido el plazo general para la presentación del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2022. Desde el día 1 hasta el día 31 de julio de 2023, ha sido el plazo general para el depósito en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de 2022.
CALENDARIO FISCAL 2º TRIMESTRE 2023
CUADRO RESUMEN
Concepto | Plazos | Mod. | Aclar. | ||||
Gipuzkoa | Bizkaia | Araba | Estatal | ||||
1. Impuesto sobre el Valor Añadido | 26 julio | 26 julio | 26 julio | 20 julio | 300/303 | Apart.1 | |
2. Resumen de operaciones con la U.E. | 26 julio | 26 julio | 26 julio | 20 julio | 349 | Apart.2 | |
3. Retenciones | » De trabajo | 26 julio | 26 julio | 26 julio | 20 julio | 110 | Apart.3 |
» De profesionales | 26 julio | 26 julio | 26 julio | 20 julio | 110 | ||
» De capital mobiliario | 26 julio | 26 julio | 26 julio | 20 julio | 123 | ||
» De arrendamientos | 26 julio | 26 julio | 26 julio | 20 julio | 115 | ||
4. Pagos Fraccionados | 10 agosto | 26 julio | 10 agosto | 20 julio | 130 | Apart.4 | |
5. Impuesto Especial sobre los Envases de Plástico no Reutilizables | 26 julio | 26 julio | 26 julio | 20 julio | 592 | Apart 5 |
Fuera de plazo. Si tu empresa presenta una declaración a ingresar fuera de plazo, sin requerimiento previo, deberá satisfacer un recargo por presentación extemporánea. Dicho recargo varía en función del retraso a la hora de declarar.
GIPUZKOA
Recargos por declaración extemporánea sin requerimiento previo
PRESENTACIÓN EXTEMPORANEA DE DECLARACIONES O AUTOLIQUIDACIONES SIN REQUERIMIENTO PREVIO
BIZKAIA
Recargos por declaración extemporánea sin requerimiento previo
PRESENTACIÓN EXTEMPORANEA DE DECLARACIONES O AUTOLIQUIDACIONES SIN REQUERIMIENTO PREVIO
ÁLAVA
Recargos por declaración extemporánea sin requerimiento previo
PRESENTACIÓN EXTEMPORANEA DE DECLARACIONES O AUTOLIQUIDACIONES SIN REQUERIMIENTO PREVIO
ESTATAL
- El recargo será del 1%, más un 1% adicional por cada mes completo de retraso, si declara dentro de los doce meses siguientes.
- Si el ingreso se produce más tarde de los doce meses, el recargo es del 15%. Además, deberá satisfacer intereses de demora.
Retraso | Recargo aplicable |
---|---|
Dentro del mes siguiente al fin del plazo de declaración | 1 por 100 |
Dentro de los 2 meses siguientes al fin del plazo de declaración | 2 por 100 |
Dentro de los 3 meses siguientes al fin del plazo de declaración | 3 por 100 |
Dentro de los 4 meses siguientes al fin del plazo de declaración | 4 por 100 |
Dentro de los 5 meses siguientes al fin del plazo de declaración | 5 por 100 |
Dentro de los 6 meses siguientes al fin del plazo de declaración | 6 por 100 |
Dentro de los 7 meses siguientes al fin del plazo de declaración | 7 por 100 |
Dentro de los 8 meses siguientes al fin del plazo de declaración | 8 por 100 |
Dentro de los 9 meses siguientes al fin del plazo de declaración | 9 por 100 |
Dentro de los 10 meses siguientes al fin del plazo de declaración | 10 por 100 |
Dentro de los 11 meses siguientes al fin del plazo de declaración | 11 por 100 |
Dentro de los 12 meses siguientes al fin del plazo de declaración | 12 por 100 |
Más de 12 meses | 15 por 100 + intereses de demora |