Índice

1. La retribución flexible o retribución «a la carta»
2. Ventajas
3. Productos de la retribución flexible
4. Cómo se formaliza con el empleado
5. Ejemplo
6. Conclusión

1. RETRIBUCIÓN FLEXIBLE O RETRIBUCIÓN “A LA CARTA”

La retribución flexible o también conocida como retribución a la “carta” es una herramienta por la cual la empresa ofrece a los empleados la posibilidad de destinar parte de su salario bruto (máximo 30% Art. 26 del Estatuto de los Trabajadores, ni dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero del salario mínimo interprofesional) a la contratación de bienes y servicios de forma voluntaria en función de sus necesidades, regulados por el IRPF y disponer así de ventajas fiscales.

De este modo, la empresa puede ofrecer al empleado la posibilidad de cobrar parte de su sueldo en productos y servicios e incorporar el coste de este producto en nómina. Por un lado, la retribución flexible permite a la empresa ofrecer mejores condiciones y sueldos a sus trabajadores sin necesidad de incurrir en costes o aumentos salariales. Y, por otro lado, el empleado recibe un producto/servicio a un menor precio y/o con un importante ahorro fiscal.

Tres cuestiones a tener en cuenta:

  • La retribución flexible se debe ofrecer a toda la empresa independientemente de su cargo o posición de la empresa y no va ligada a objetivos.
  • Para que la retribución flexible sea considerada como tal, ha de ser la empresa la que se haga cargo de ella. Esto quiere decir que es la empresa la que “compra” los productos y servicios para luego ofrecerlos a los empleados. Sin este paso la retribución flexible no existe, y por lo tanto no pueden aprovecharse sus ventajas.
  • El empleado debe conocer que recibir parte de su sueldo en forma de retribución en especie o flexible no afecta negativamente al cálculo de la prestación de desempleo, finiquito o jubilación o a su cotización, ya que todos estos conceptos forman parte de la base de cotización.

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Categories: Fiscal, Laboral |

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