RECOMEDACIONES FISCALES FIN DE 2021.
Cuestiones Principales y Novedades del IRPF e Impuesto sobre el Patrimonio.
ÍNDICE
- RENTAS EXENTAS
- RÉGIMEN ESPECIAL PARA PERSONAS TRABAJADORAS DESPLAZADAS
- RENDIMIENTOS POR ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES
- APORTACIONES A ENTIDADES DE PREVISIÓN SOCIAL
- RESCATE DE ENTIDADES DE PREVISIÓN SOCIAL
- GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES
- VIVIENDA HABITUAL
- OTRAS DEDUCCIONES
- MEDIDAS EXTRAORDINARIAS COVID 19 PARA 2021
- AMPLIACIÓN DE PLAZOS TRIBUTARIOS 2021
- IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO 2021

Con motivo de la finalización del ejercicio 2021, conviene tener en cuenta posibles medidas a adoptar, antes del 31 de diciembre, para optimizar nuestra próxima declaración del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio.
En esta introducción desarrollamos, de forma breve, las principales cuestiones en las que podemos intervenir antes de fin de año o para ir planificando, a futuro, los dos impuestos mencionados.
A continuación, en el cuerpo de la circular, se detallan aspectos generales del IRPF para tenerlos en cuenta en 2021 y años siguientes. Resumen de las exenciones en IRPF y, en cuanto a Patrimonio, especial atención a la exención del valor de las acciones o participaciones en empresas.
Además, de forma separada, en los puntos 9 y 10, les informamos de las medidas Covid19 adoptadas para el IRPF del año 2021.
Teniendo en cuenta que esta circular se envía a título informativo, para cualquier duda o aclaración póngase en contacto con su técnico-asesor habitual.
Para facilitar la comprensión de distintos conceptos que se explican en la presente circular, creemos conveniente que tengan presentes las escalas del IPRF, tanto de la base general como de la base del ahorro, así como la escala del Impuesto sobre el Patrimonio.
Principales actuaciones que se pueden llevar a cabo antes de la finalización del año.
Aportaciones a EPSV-s o Planes de Pensiones: El límite de las aportaciones individuales y de las contribuciones empresariales no ha variado y asciende a 5.000 € para las aportaciones individuales y a 8.000 € para las contribuciones empresariales, siendo el límite conjunto de 12.000 €.Además de lo anterior, se pueden realizar aportaciones a favor del cónyuge (siempre que cumpla una serie de requisitos) y a favor de personas discapacitadas.
Ganancias y pérdidas patrimoniales: Debemos revisar las ganancias y pérdidas patrimoniales obtenidas en el ejercicio, comprobar las posibles pérdidas pendientes de compensar de ejercicios anteriores (4 años) y ver si puede interesar transmitir algún elemento patrimonial. Desde un punto de vista fiscal, puede ser interesante vender antes de finalizar el año para compensar pérdidas o, en su caso, vender a primeros del siguiente año para diferir la tributación y aplicar unos coeficientes de actualización superiores.
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