Claves para el Arrendamiento de Viviendas: Todo lo que necesitas saber

Sandra Monsalve

Asesora Fiscal

Si tienes inmuebles destinados al arrendamiento de vivienda o prevés iniciarte en esta actividad, te interesará conocer las siguientes claves.

La ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda ha producido un cambio en el paradigma inmobiliario, especialmente relacionado con el arrendamiento de vivienda para uso residencial con el objetivo de asegurar el ejercicio del derecho a la vivienda.

Analizamos a continuación los puntos clave que afectarán a los propietarios de vivienda:

¿A qué tipo de arrendamiento se aplica la norma?

La norma hace referencia al arrendamiento de vivienda, refiriéndose al arrendamiento para el uso residencial excluyendo el arrendamiento de naves, locales y vivienda de uso turístico, quedando la ley circunscrita al ámbito del uso residencial. Por tanto, si usted tiene una o varias viviendas destinadas al arrendamiento de uso residencial, le interesará conocer los detalles de esta norma.

¿Cómo sé si soy gran tenedor?

La norma considera gran tenedor a aquella persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 m2 de uso residencial, excluyendo garajes y trasteros. En cualquier caso, deja margen a las Comunidades Autónomas para reducir la cifra de 10 a 5 en el caso de las zonas de mercado residencial tensionado cuando así lo motive en una memoria justificativa, actualmente en Euskadi no se ha realizado esta modificación.

¿Qué es una zona tensionada?

Las zonas tensionadas son aquellas en las que existe un especial riesgo de abastecimiento insuficiente de vivienda para la población residente, incluyendo las dinámicas de formación de nuevos hogares, en condiciones que la hagan asequible. Para que una zona sea considerada como tensionada, debe encontrarse bajo al menos una de las siguientes circunstancias:

  • La carga media del coste de la hipoteca o del alquiler en el presupuesto personal o de la unidad de convivencia, más los gastos y suministros básicos, supera el treinta por ciento de los ingresos medios o de la renta media de los hogares
  • El precio de compra o alquiler de la vivienda ha experimentado en los cinco años anteriores a la declaración como zona tensionada, un porcentaje de crecimiento acumulado al menos tres puntos porcentuales superior al porcentaje de crecimiento acumulado del IPC de la comunidad autónoma.

¿En qué afecta que una zona sea declarada como tensionada?

Cuando una zona sea declarada como tensionada, se propondrán las medidas necesarias para la corrección de los desequilibrios que generan dicha condición. Entre las medidas que se podrán tomar se encuentran medidas como la posibilidad de establecimiento de prorrogas extraordinarias anuales para los arrendatarios, la limitación de la renta del alquiler, limitación a la subida de la renta del alquiler, entre otras. En cualquier caso, para los grandes tenedores, las medidas serán más restrictivas especialmente en la limitación de las rentas.  

Tengo un inmueble en arrendamiento o la previsión de arrendarlo, ¿cuánto puedo subir la renta del alquiler?

2023

(desde entrada en vigor y hasta 31 de diciembre)

Gran tenedor
  • Incremento = nuevo pacto entre las partes
  • Límite Índice de Garantía de Competitividad Anual
  • Subida limitada al 2%
No gran tenedor
  • Incremento = nuevo pacto entre las partes
  • En ausencia de pacto: límite Índice de Garantía de Competitividad Anual
  • Subida limitada al 2%

2024

Zona tensionada 
Gran tenedor contrato nuevo 
  • Precio < índice de referencia  
  • O 
  • Precio < precio en contrato anterior si la vivienda ya estuviera alquilada (salvo subida del 3% autorizada para el 2024) 
No gran tenedor contrato nuevo 
  • Precio < precio en contrato anterior si la vivienda ya estuviera alquilada (salvo subida del 3% autorizada para el 2024) 
Contrato nuevo, vivienda sin estar alquilada en los últimos 5 años 
  • Precio ≤ límite máximo del Índice de Referencia  
Contratos en vigor 
  • Subida limitada al 3% 
Nuevos contratos en viviendas con reformas en los últimos 2 años  Subida adicional de hasta un 10% siempre que la reforma: 

  • Permita un ahorro ≥ 30% en energía no renovable 
  • Constituya una mejora de accesibilidad 
  • Sea una de las rehabilitaciones previstas en el Reglamento del IRPF 
Zona NO tensionada 
Nuevos contratos  Estipulación libre del precio entre arrendador y arrendatario 
Contratos vigentes  Subida limitada al 3% 

A partir de 2025

El INE elaborará un indicador para determinar las actualizaciones, se diseña un indicador propio relativo a la vivienda.  

Categories: Fiscal |

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