Conozca la deducción en Sociedades para 2020 y 2021 por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas a consecuencia del coronavirus.
Para fomentar el emprendimiento, se ha creado en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa una deducción aplicable exclusivamente en 2020 y 2021, por las cantidades invertidas para suscribir o adquirir acciones o participaciones en microempresas, pequeñas o medianas empresas. Vea cuáles son sus principales características:
- El porcentaje de deducción es el 10%, con carácter general; 15%, si se trata de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación; y 20%, si se trata de empresas innovadoras.
- La base máxima de deducción es de 100.000, 150.0000 o 200.000 euros, respectivamente, según se trate de uno u otro de los supuestos citados en el párrafo anterior.
- Su empresa debe cumplir los requisitos establecidos al efecto. Tenga en cuenta que, si los incumple, deberá incluir, en la autoliquidación del período impositivo en que se produzca el incumplimiento, la cuota derivada de la deducción más los intereses de demora correspondientes.
- La práctica de la deducción constituye una opción que puede ejercitarse con la presentación de la autoliquidación.
Los profesionales de Sayma le informarán sobre todos los detalles de la deducción.
Fuente: Lefebvre