RECORDATORIO LABORAL

Actualización para Trabajadores Autónomos según el Real Decreto 504/2022

Recordatorio para Autónomos: Actualización según el Real Decreto 504/2022

En atención al Real Decreto 504/2022, de 27 de junio, informamos a todos los trabajadores autónomos sobre las obligaciones y procedimientos establecidos por este reglamento. Es fundamental para todos los autónomos, ya sean individuales o societarios, cumplir con las siguientes disposiciones:

  1. Declaración de Actividades: Los trabajadores autónomos deben comunicar la actividad económica u ocupación que determina su inclusión en el RETA al solicitar el alta, así como cualquier cambio posterior mediante la correspondiente variación de datos.
  2. Pluriactividad: Cuando se realicen simultáneamente dos o más actividades que den lugar a la inclusión en el RETA, el alta en el régimen será única. Todas las actividades y sus datos correspondientes deben ser comunicados en la solicitud de alta o, en caso de pluriactividad posterior, mediante la variación de datos.
  3. Procedimientos Obligatorios:
    • Anotar una nueva actividad.
    • Cerrar una actividad.
    • Cambiar la actividad (en caso de una única actividad).
    • Modificar el domicilio de las actividades.
  1. Fecha de Inicio de Actividad: La fecha de inicio de la actividad debe ser igual o posterior a la fecha real de alta como persona trabajadora autónoma. Destacamos que ahora es posible anotar una fecha de inicio de actividad anterior al 1 de enero de 2023.
  2. Información a la Seguridad Social: La Tesorería General de la Seguridad Social informará a la mutua colaboradora sobre las actividades desempeñadas y la cobertura de la incapacidad temporal, accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y cese de actividad.

Recuerda que el cumplimiento de estos trámites es esencial para mantener tu situación en regla.

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