RECORDATORIO LABORAL
Actualización para Trabajadores Autónomos según el Real Decreto 504/2022
Recordatorio para Autónomos: Actualización según el Real Decreto 504/2022
En atención al Real Decreto 504/2022, de 27 de junio, informamos a todos los trabajadores autónomos sobre las obligaciones y procedimientos establecidos por este reglamento. Es fundamental para todos los autónomos, ya sean individuales o societarios, cumplir con las siguientes disposiciones:
- Declaración de Actividades: Los trabajadores autónomos deben comunicar la actividad económica u ocupación que determina su inclusión en el RETA al solicitar el alta, así como cualquier cambio posterior mediante la correspondiente variación de datos.
- Pluriactividad: Cuando se realicen simultáneamente dos o más actividades que den lugar a la inclusión en el RETA, el alta en el régimen será única. Todas las actividades y sus datos correspondientes deben ser comunicados en la solicitud de alta o, en caso de pluriactividad posterior, mediante la variación de datos.
- Procedimientos Obligatorios:
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- Anotar una nueva actividad.
- Cerrar una actividad.
- Cambiar la actividad (en caso de una única actividad).
- Modificar el domicilio de las actividades.
- Fecha de Inicio de Actividad: La fecha de inicio de la actividad debe ser igual o posterior a la fecha real de alta como persona trabajadora autónoma. Destacamos que ahora es posible anotar una fecha de inicio de actividad anterior al 1 de enero de 2023.
- Información a la Seguridad Social: La Tesorería General de la Seguridad Social informará a la mutua colaboradora sobre las actividades desempeñadas y la cobertura de la incapacidad temporal, accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y cese de actividad.
Recuerda que el cumplimiento de estos trámites es esencial para mantener tu situación en regla.