Subvenciones e incentivos fiscales por inversiones medioambientales: Invertir en sostenibilidad mejora la rentabilidad de tu empresa

Raquel Olavarria
Consultora
Cada vez más empresas están acometiendo inversiones en maquinaria, instalaciones o procesos productivos con el objetivo de ser más competitivas, consumir menos, producir mejor y adaptarse a un entorno cada vez más exigente. Lo que muchas veces no se está viendo a tiempo es que esas inversiones, además de mejorar la operativa y disminuir costes, pueden encajar perfectamente como inversión medioambiental y, por tanto, abrir la puerta a ayudas públicas y a incentivos fiscales muy relevantes.
Muchas actuaciones que las empresas identifican como una mejora puramente productiva también generan un impacto ambiental positivo: sustitución de equipos antiguos por otros más eficientes, reducción de consumos energéticos, menor uso de materias primas, disminución de residuos y emisiones, incorporación de energías renovables, sistemas de depuración, filtración, recuperación o monitorización…
Una misma inversión puede activar dos vías de retorno, la subvención y la deducción fiscal, reduciendo de forma muy significativa el coste real del proyecto. Además de las numerosas ayudas públicas para este tipo de inversiones, la regulación del Impuesto sobre Sociedades de la CAE contempla deducciones por inversiones vinculadas al desarrollo sostenible, la reducción del impacto ambiental, la transición energética y la economía circular. En general, las deducciones pueden alcanzar el 35% en determinadas tipologías especialmente incentivadas (Listado Vasco de Tecnologías Limpias) y el 15% en otras actuaciones ambientales.
Conviene insistir también en que la subvención y la deducción no son excluyentes, pero para poder optar a las dos es importante una buena planificación previa, para diseñar correctamente toda la estrategia de financiación del proyecto desde el principio.
Ahora, además, estas deducciones medioambientales también pueden plantearse en términos de monetización o de aprovechamiento por terceros, de forma muy similar a lo que ya sucede con las deducciones de I+D+i al amparo del artículo 64 bis. En este sentido, el nuevo artículo 65 bis regula la cesión de deducciones por inversiones medioambientales y abre una oportunidad especialmente interesante para aquellas empresas que impulsan proyectos ambientales de cierta envergadura, pero cuentan con una capacidad limitada para aplicar íntegramente la deducción en cuota, así como para grupos empresariales y estructuras de financiación ya familiarizados con mecanismos similares en el ámbito de la I+D+i.
Las empresas fabricantes de maquinaria también tienen la opción de beneficiarse indirectamente de estas ventajas: si sus equipos pueden calificarse como inversiones ambientales, podrían solicitar su inclusión en el Listado Vasco de Tecnologías Limpias, lo que permitiría a sus compradores acceder a ayudas públicas y a una deducción fiscal del 35%. Esto puede convertirse en una ventaja comercial clara frente a soluciones competidoras que no estén reconocidas como tecnología limpia.




