Bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador de tu empresa
Ahorro del 40% en el coste de las contingencias comunes de la Seguridad Social.
Qué son:
El Real Decreto 475/2014 , de 13 de junio, sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador tiene por objeto establecer una bonificación del 40 por ciento en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes respecto del personal investigador.
Características:
- Aplican a todo el personal I+D+i que tiene una dedicación exclusiva, entre el 85% y 100% de su jornada laboral.
- Tendrán derecho a dichas bonificaciones los trabajadores incluidos en los grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social que tengan dedicación exclusiva durante todo su tiempo de trabajo a la I+D+i (según se define en artículo 35 Ley Impuesto Sociedades).
- Se establece una plena compatibilidad de esta bonificación con las deducciones fiscales por I+D+i en el caso de “pymes innovadoras”; en el resto de las organizaciones, puede existir esta compatibilidad siempre que no se apliquen ambos incentivos sobre el mismo investigador.
- Aplicación automática desde el momento del alta.
- A partir de 10 investigadores o más se debe obtener un Informe Motivado Vinculante.