PAÍS VASCO: Mi empresa tiene BINs de ejercicios anteriores. ¿Qué hago con ellas?

Si su empresa tiene bases imponibles negativas (BINs) va a poder compensarlas.

Las BINs son pérdidas de ejercicios anteriores que su empresa va a poder compensar de acuerdo con ciertas reglas. Veámoslas.

¿Cuál es el plazo para compensar?

Las BINs pueden compensarse con las rentas positivas de los periodos impositivos que concluyan en los 30 años sucesivos.

Sepa que las entidades de nueva creación pueden computar este plazo a partir del primer período impositivo en el que su base imponible sea positiva. Igual regla se aplica a las BINs derivadas de la explotación de nuevas autopistas, túneles y vías de peaje realizadas por las concesionarias.

¿Hay algún límite a la compensación?

Sí, la compensación tiene como límite:

  • El 50% de la base imponible positiva previa a la compensación.
  • El 70%, si su empresa es una microempresa o pequeña empresa.

Sin embargo, hay dos supuestos en los que no opera el límite:

  • Cuando la empresa acuerda una quita o espera con sus acreedores: el límite no se aplica en el importe de la quita o espera.
  • Cuando se extingue por causa distinta a la reestructuración empresarial sujeta al régimen especial de Sociedades.

¿Cómo se acredita la procedencia y cuantía de las BINs?

Mediante la contabilidad y los soportes documentales (cualquiera que sea el ejercicio en que se originaron)

Nuestros profesionales le ampliarán la información sobre este tema y resolverán cualquier duda que tenga al respecto.

Fuente: Lefebvre

Categories: Fiscal, Lefebvre |

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