Recordatorio TicketBAI Gipuzkoa: Calendario y Certificados Digitales

Recordatorio: Calendario de Implantación TicketBAI Gipuzkoa

Te recordamos el calendario de implantación, publicado mediante el Decreto Foral 32/2020 y ampliado por la Orden Foral 68/2021, es el siguiente:

 

Asesorías fiscales. Profesionales de la gestión Tributaria.

Actividades profesionales. Servicios jurídicos, contables, técnicos y de publicidad, consultorías y mayoría de profesionales liberales como abogados.

Comercio al por menor, hostelería y sector del hospedaje.

Construcción, promoción inmobiliaria, transporte y servicios recreativos, culturales y personales.

Fabricación, comercio al por mayor, telecomunicaciones, financieras, artistas y resto de obligad@s.

¿Qué se necesita para cumplir la obligación de TicketBAI? CERTIFICADOS DIGITALES

El dispositivo, equipo o máquina con el que se lleve a cabo la facturación debe ser capaz de:

Generar un fichero informático firmado de forma electrónica (por lo que se necesita un certificado digital).

Enviar a la Administración tributaria cada fichero informático generado según lo dispuesto en la letra a) anterior de forma inmediata (por lo que requiere conexión a Internet y Certificados Digitales.

Incluir un código identificativo de la factura o justificante y un código QR, en la factura.

Por lo tanto, para cumplir la obligación TicketBAI se necesita:

  • Un software, o programa de facturación. Homologado a TicketBAI.
  • Conexión a Internet.
  • Un certificado digital. Cualificado o no cualificado.

Además de la OBLIGATORIEDAD DEL ACCESO A INTERNET, es necesario utilizar un certificado digital para firmar y enviar las facturas del obligado tributario.

Para la expedición de la factura se puede utilizar uno de los siguientes tipos de certificado: Certificado de dispositivo, certificado de persona física, certificado de representante de entidad, sello de empresa o certificado de autónomo. Asimismo, el obligado tributario debe atender las notificaciones de Hacienda en relación a TicketBAI en su buzón de electrónico de notificaciones.

¿Qué certificado digital se puede utilizar para emitir las facturas del obligado tributario?

Cualquiera que sea el que materialmente expida la factura, esto es, tanto sea el propio obligado tributario, o su representante, o un tercero o el destinatario de la operación pueden utilizar para la firma del fichero y la expedición de la factura uno de los siguientes tipos de certificado:

  • Certificado de dispositivo
  • Certificado de persona física
  • Certificado de representante de entidad
  • Sello de empresa
  • Certificado de autónomo

Accede a las Preguntas Frecuentes o FAQ que a fecha de hoy tiene publicadas la Hacienda Foral de Gipuzkoa en relación con la obligación TicketBAI.

Categories: Fiscal |

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