Circular Informativa
Jubilación flexible
El Real Decreto 416/2026, en vigor desde el 28 de agosto de 2026, permite compatibilizar la pensión con actividad por cuenta propia e introduce incentivos económicos sobre la pensión.
Existen cuatro modalidades para combinar pensión y trabajo. No son intercambiables: la elección correcta depende de si la persona ya se ha jubilado, del tipo de actividad y de la demora acumulada. El error habitual es tratar la jubilación flexible como la vía por defecto cuando, en muchos casos de autónomos, la jubilación activa resulta más ventajosa.
Las 4 modalidades para compatibilizar pensión y trabajo
| MODALIDAD | ¿CUÁNDO APLICA? | NORMA | IDEA CLAVE |
| Parcial | Antes de jubilarse (transición) | art. 215 LGSS · RDL 11/2024 | Reducción de jornada con contrato de relevo |
| Flexible | Ya pensionista, vuelve a tiempo parcial | art. 213 LGSS · RD 416/2026 | Pensión proporcional a la jornada; nuevos incentivos; abre la cuenta propia (limitada) |
| Activa | Ya en edad, con demora ≥ 1 año | art. 214 LGSS · RDL 11/2024 | % progresivo 45→100 según demora; hasta 100% autónomo con trabajador |
| Demorada | Retrasa el acceso a la pensión | art. 210.2 LGSS · RD 371/2023 | Complemento por demora; INCOMPATIBLE con la flexible |
- En vigor desde el 28 de agosto de 2026; deroga el RD 1132/2002. Las jubilaciones flexibles iniciadas antes de esa fecha siguen rigiéndose por la normativa anterior.
- Cuenta ajena: la jornada a tiempo parcial pasa a moverse en la horquilla del 33% al 80%. La pensión se minora en proporción a la jornada trabajada (art. 4.1).
- Incentivo (solo cuenta ajena): +15% (jornada 33% a <55%) o +25% (jornada 55% a 80%) sobre la pensión íntegra previa, únicamente si la reincorporación es la primera y se inicia transcurridos al menos 6 meses desde el hecho causante (art. 4.2).
- Cuenta propia (novedad): por primera vez se admite, pero solo si en los 3 años previos al hecho causante no hubo alta en el RETA; en ese caso la pensión compatible es un 25% fijo (art. 3.2 y 4.3). El autónomo de carrera queda, con carácter general, fuera.




