Gipuzkoa aventaja al Estado en las deducciones por alquiler tras el nuevo decreto de vivienda

Un análisis de Sayma concluye que el régimen fiscal guipuzcoano es más favorable en diez de los doce supuestos estudiados y permite a los menores de 36 años deducirse hasta 2.800 euros anuales

¿Es más rentable alquilar una vivienda en Gipuzkoa o en el resto de España? Un joven de Gipuzkoa con una renta media de 35.000 euros puede deducirse hasta 2.800 euros al año por el alquiler de su vivienda habitual. Un inquilino madrileño de la misma edad y con el mismo nivel de renta no puede aplicar ninguna deducción, ni la estatal ni la autonómica. La diferencia, de 2.800 euros, es el ejemplo más contundente de la ventaja fiscal que mantiene Gipuzkoa frente a Madrid después de los decretos aprobados por el Gobierno central en materia de vivienda, según el análisis elaborado por la asesoría fiscal Sayma.

El contraste se produce con un alquiler de 1.000 euros mensuales, equivalente a 12.000 euros anuales, y en una declaración individual. Con 35.000 euros de base imponible, el joven guipuzcoano conserva la deducción máxima del 35%, mientras que el madrileño supera los límites de ingresos de la deducción estatal y de la autonómica, por lo que pierde ambas ayudas.

La comparación llega en un momento de máxima tensión por el acceso a la vivienda. El desahucio de Maricarmen, la mujer de 87 años que había vivido durante siete décadas en su piso de Madrid, ha vuelto a poner sobre la mesa las dificultades para mantenerse en una vivienda y la fragilidad de muchos contratos de alquiler. Días después, el Gobierno de Pedro Sánchez aprobó un paquete de medidas urgentes para reforzar la protección frente a los desahucios, regular los arrendamientos y ampliar la oferta de vivienda asequible. Entre las novedades figura la recuperación de la deducción estatal en el IRPF para quienes pagan el alquiler de su vivienda habitual. Permite descontar el 10% del alquiler, con un límite de 1.163 euros anuales, pero solo está disponible para quienes no superan determinados límites de renta.

Ahorro anual en cuota con 12.000 € de alquiler

Deducciones anuales en euros por alquiler de vivienda, según la base imponible y la edad del contribuyente.

Territorio Menos de 36 años De 36 a 39 años 40 años o más
Base imponible: 20.000 €
Gipuzkoa 2.800 € 1.600 € 1.600 €
Madrid (Estado) 1.163 € 1.163 € 1.163 €
Madrid (Comunidad) 1.237 € 1.237 € 0 €
Base imponible: 25.000 €
Gipuzkoa 2.800 € 1.600 € 1.600 €
Madrid (Estado) 931 € 931 € 931 €
Madrid (Comunidad) 1.237 € 1.237 € 0 €
Base imponible: 30.000 €
Gipuzkoa 2.800 € 1.600 € 1.600 €
Madrid (Estado) 350 € 350 € 350 €
Madrid (Comunidad) 0 € 0 € 0 €
Base imponible: 35.000 €
Gipuzkoa 2.800 € 1.600 € 1.600 €
Madrid (Estado) 0 € 0 € 0 €
Madrid (Comunidad) 0 € 0 € 0 €

Régimen fiscal estatal y guipuzcoano

Comparativa de los principales requisitos, límites y deducciones por alquiler de vivienda.

Concepto España
(RDL 29/2026)
Gipuzkoa
(Ref. Fiscal 2025)
Requisito patrimonial No ser titular de otra vivienda a menos de 50 kilómetros durante al menos medio año, salvo excepciones. No se exige una condición equivalente en la deducción foral.
Deducción para jóvenes y colectivos protegidos No existe un porcentaje incrementado. 35%, con máximo de 2.800 euros.
Compatibilidad En régimen común puede acumularse con deducciones autonómicas. En Gipuzkoa no se aplica el IRPF estatal, por lo que no son acumulables.
Efectos Desde el 1 de enero de 2027; se declara en 2028. Vigente desde el ejercicio 2025.
Renta máxima Base imponible inferior a 33.007,20 euros. Requisitos propios del IRPF foral.
Base máxima de alquiler 11.630 euros anuales para bases imponibles de hasta 23.007,20 euros. La necesaria para alcanzar el límite de deducción.
Deducción general por alquiler 10% de lo pagado. 15%, con máximo de 900 euros.

Sayma ha comparado el caso de un inquilino que paga 1.000 euros al mes por su vivienda y que presenta la declaración de forma individual. El análisis contempla tres niveles de base imponible –20.000, 25.000 y 30.000 euros– y tres tramos de edad: menores de 36 años, entre 36 y 39 años, y 40 años o más.

La asesoría concluye que Gipuzkoa resulta más favorable en diez de los doce supuestos analizados. La ventaja foral es máxima entre los menores de 36 años y crece a medida que aumenta la base imponible. Con 30.000 euros, un joven guipuzcoano puede deducirse 2.800 euros, frente a los 350 euros que le quedan a un inquilino madrileño, que ya ha perdido la deducción autonómica. La diferencia alcanza los 2.450 euros.

La excepción se produce entre los 36 y los 39 años con rentas bajas. En Gipuzkoa, estos inquilinos ya no pueden aplicar el porcentaje reforzado por juventud y se quedan en los 1.600 euros de la deducción general. En Madrid, al conservar la condición de jóvenes hasta los 40 años, pueden sumar la deducción estatal y la autonómica y alcanzar 2.400 euros con 20.000 euros de base imponible, es decir, 800 euros más que en Gipuzkoa.

Cinco años

Entre los mayores de 40 años, Gipuzkoa vuelve a ser más ventajosa en todos los casos analizados. Su deducción general de 1.600 euros supera los 1.163 euros que puede obtener un inquilino madrileño con la deducción estatal.

En Gipuzkoa, el IRPF lo regula íntegramente la Diputación y existe una única deducción por alquilar la vivienda habitual. El porcentaje general es del 20%, con un máximo de 1.600 euros al año. El beneficio se eleva al 35%, hasta 2.800 euros, para menores de 36 años, familias numerosas y monoparentales, víctimas de violencia doméstica o de género y personas con una discapacidad igual o superior al 65% o en situación de dependencia.

La deducción foral tiene además un mecanismo de aprovechamiento. Si el contribuyente no puede aplicarla por completo porque su cuota es baja, la parte no utilizada se conserva durante cinco años. Quienes no están obligados a declarar pueden cobrarla igualmente si presentan la autoliquidación y cumplen los requisitos.

El límite de ingresos es de 68.000 euros de base imponible, aunque solo se aplica a los contratos firmados o prorrogados desde 2026. Ese umbral es mucho más alto que los 26.414 euros de la deducción autonómica madrileña y los 33.007 euros de la estatal.

En Madrid, la deducción estatal permite descontar el 10% del alquiler, hasta 1.163 euros anuales. El importe íntegro solo está al alcance de quienes tienen una base imponible de hasta 23.007 euros; a partir de esa cifra se reduce progresivamente y desaparece al alcanzar los 33.007 euros.

A esa ayuda se suma la deducción autonómica madrileña, que añade el 30% del alquiler, con un máximo de 1.237,20 euros anuales. Está reservada a menores de 40 años con una base imponible de hasta 26.414 euros en declaración individual. Además, el alquiler debe superar el 20% de los ingresos y la fianza debe estar depositada en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid. La combinación de ambas deducciones permite a un joven madrileño alcanzar los 2.400 euros anuales si cumple todos los requisitos. La distancia con el máximo guipuzcoano queda, por tanto, en unos 400 euros.

Matices

La deducción estatal fue aprobada por el Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, y entró en vigor el 8 de octubre. Sayma advierte de que la norma aún debe ser confirmada por el Parlamento y de que, en 2026, solo computa el alquiler pagado desde esa fecha. Por ello, el máximo de 1.163 euros corresponde a un año completo y no puede trasladarse sin ajustes al ejercicio en curso.

La Agencia Tributaria sitúa la nueva deducción entre las medidas con efectos desde la entrada en vigor del decreto, el 8 de octubre de 2026. El resto de modificaciones fiscales del texto se aplica, en algunos casos, desde el 1 de enero de 2027.

La ventaja fiscal de Gipuzkoa no se limita a quienes alquilan. La deducción general por adquisición de vivienda habitual es del 18%, con un límite anual de 1.530 euros y un crédito fiscal de 36.000 euros por contribuyente. Para determinados colectivos y menores de 36 años, el porcentaje sube al 23%, hasta 1.955 euros anuales.

Los jóvenes disponen además de una regla especial en el ejercicio en que escrituran la compra de su vivienda habitual, sin límite anual de deducción, aunque el aprovechamiento depende de la cuota y de las demás condiciones del impuesto. La reforma foral también amplió de seis a diez años el plazo de las cuentas vivienda para quienes tienen menos de 36 años a 31 de diciembre del ejercicio de apertura.

El decreto estatal, por su parte, combina la deducción al inquilino con incentivos a los propietarios. Contempla reducciones de hasta el 100% de los rendimientos netos positivos en determinados nuevos contratos de pequeños arrendadores que rebajen la renta en más del 5% y cumplan las condiciones exigidas. Son beneficios sobre los ingresos del propietario, no deducciones para quien paga el alquiler.

Fuente: El Diario Vasco. Imanol Lizasoain

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